Expedientes para la expedición de cartas de ciudadanía
1813-05-05 - 1814-04-06
Serie
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.3. Administración General del Estado. Administración Consultiva Consejo de Estado (1812-1814) Secretaría de Gracia y Justicia, Propuestas y Gobernación
Consejo de Estado (España. 1812-1814)
Entre sus competencias en materia de "Personal", heredadas en parte de la Cámara de castilla, el Consejo de Estado constitucional tenía la de expedir las cartas de naturaleza o ciudadanía, competencia que ejercía a través de la Secretaría de Gracia y Justicia, Propuestas y Gobernación. A diferencia de la Cámara que tenía también la facultad de conceder, en nombre del rey, la naturaleza española a los extranjeros, el Consejo de Estado limitaba su competencia a la expedición de la carta correspondiente, ya que la concesión de la ciudadanía correspondía, según el artículo 19 de la Constitución de Cádiz, a las Cortes Generales, en uso de la soberanía nacional. Para conseguir dicha carta de ciudadanía, los extranjeros debían cumplir unos requsitos que estaban fijados en el artículo 20 de la constitución. Una vez concedida la carta de ciudadanía mediante decreto de las Cortes, éste era trasladado al Consejo de Regencia que, a su vez, lo trasladaba a través del Ministerio de Gracia y Justicia al Consejo de Estado para que expidiese el correspodiente título, ajustado al modelo fijado por las Cortes y el Reglamento del propio Consejo.
ÁLVAREZ-COCA GONZÁLEZ, María Jesús. "Invasión francesa, Gobierno Intruso. Los fondos de la Guerra de la Independencia en el Archivo Histórico Nacional", Cuadernos de Historia Moderna. Universidad Complutense de Madrid, 37 (2012), pp. 201-255. (http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/issue/current/showToc)