Para que en Marugán se guarde la pragmática de vender vino.
RGS,LEG,150103,511
1501-03-12
Unidad Documental Simple
ES.47161.AGS//RGS,LEG,150103,511
Archivo General de Simancas
1. Fondos de Instituciones del Antiguo Régimen
Cancillería. Registro del Sello de Corte.
Registro del Sello de Corte.
Registro del Sello de Corte del año 1501
Registro del Sello de Corte de marzo de 1501.
Real Cancillería de los Reyes de Castilla. Registro del Sello de Corte
Al corregidor de Segovia, a petición de Luis Muñoz, por sí y en nombre de Catalina González y de Cristóbal Muñoz, vecinos del lugar de Marugán, para que en este concejo se guarde, cumpla y ejecute una pragmática de 22 de junio de 1492, cuyo tenor se inserta, para que todos sus vecinos, incluso los que tienen arrendados la cantina y mesones, puedan vender libremente el vino por azumbres o arrobas sin que les sea puesto impedimento, por cuanto la ordenanza que tenía el concejo es ilegal en virtud de dicha pragmática . - Conde Cabra.
Bueno
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