"Escritura de transacción y concordia entre la leal villa de Salvatierra y lugar de Ocáriz de su jurisdicción"
Capítulos acordados entre la villa de Salvatierra y el lugar de Ocáriz para regular el límite y amojonamiento de la dehesa y prado propio y privativo del lugar de Ocáriz, estableciendo el régimen común de todos los demás lugares del término de la villa de Salvatierra no especificados como propios en otros instrumentos.
PRO,10567,Fol.0363r
1723-09-27
Unidad Documental Simple
ES.01059.AHPA/2//PRO,10567,Fol.0363r
Archivo Histórico Provincial de Álava
1. Archivos Públicos
1.2. Fe Pública
1.2.1. Notariales
1.2.1.1. Protocolos notariales
Protocolo notarial de Francisco José Sáenz de Elordui
Sáenz de Elordui, Francisco José (fl.1710-1772)
Diez días antes de firmarse los Capítulos estuvieron a punto de enzarzarse en un largo pleito porque el Concejo de Ocáriz prendió al pastor del almaje y ganado de la villa de Salvatierra, Francisco de Uralde, por permitir que el ganado pastase en determinados lugares del término de Ocáriz considerados como privativos por este lugar y como comunales por la villa de Salvatierra.
Los documentos anteriores que regulaban cuestiones de límites entre ambos Concejos eran:
- La escritura de transacción y concordia entre la villa de Salvatierra y la Junta y estados de caballeros hijosdalgos de la Hermandad de San Millán y hombres buenos labradores de la Junta de San Jorge otorgada el año en 1704 ante Agustín Ochoa de Chinchetru
- Una Real Carta ejecutoria en 1654 a favor del Concejo y vecinos del lugar Ocáriz
- La arbitraria de 1408, y las sentencias dadas de vista y revista para su observancia.
REGULAR
La tinta traspasa del recto al vuelto y viceversa.