Concesiones de hidalguía e infanzonía
Desde la Baja Edad Media se dio este nombre en España a los infanzones o nobles de segunda categoría. Aunque se empleó también para designar a los nobles pertenecientes a la clase de los ricoshombres o magnates, su uso más específico se refería a aquéllos que ocupaban el escalón más bajo de la jerarquía nobiliaria castellana. Quedaban así distinguidos de los villanos o pecheros. En calidad de nobles, los hidalgos estaban exentos de pagar cualquier tipo de cargas o tributos. Su carencia de fortuna, sin embargo, les impedía compararse con los nobles pertenecientes a los peldaños superiores del escalafón nobiliario: caballeros y nobleza titulada. Al igual que las concesiones de escudos de armas, son privilegios en diversos formas por las que el Rey concede la hidalguía (Castilla) o infanzonía (Aragón) a un individuo como premio a los servicios prestados de forma hereditaria. No deben confundirse con el reconocimiento de estado hidalgo ante la chancillería correspondiente, véase en este caso la serie EJECUTORIAS DE HIDALGUÍAS
Serie
Archivo Histórico de la Nobleza 6. Archivo de los Duques de Baena 6.1 Ducado de Baena 1. GENEALOGÍA, TÍTULOS Y MAYORAZGOS
Ducado de Baena Fernández de Córdoba, familia (duques de Baena) Folch de Cardona, familia (duques de Baena) Osorio de Moscoso, familia (duques de Baena) Ruiz de Arana, familia (duques de Baena)