Consultas, decretos y papeles de Aragón
1707 - 1834
Serie
Archivo Histórico Nacional 1. INSTITUCIONES DEL ANTIGUO RÉGIMEN 1.1. INSTITUCIONES DE LA MONARQUÍA Consejo de Castilla Escribanía de cámara y de gobierno de Aragón. Escolano de Arrieta. Consejo de Castilla Escribanía de gobierno de Escolano de Arrieta. Consejo de Castilla
La serie de Consultas de Aragón o tal y como se llamaba en el Archivo del Consejo "Consultas, Decretos y Papeles de Aragón" está formado por un corpus documental bastante más heterogéneo que las colecciones de Consultas de Castilla. En el siglo XVIII con la creación de las Escribanías de Gobierno de Castilla y de Cámara y Gobierno de Aragón se reestructuraba el reparto de asuntos entres las seis tradicionales escribanías de Cámara: se creaba una que se encargaría de los asuntos de gobierno y que empezaría a funcionar de modo más normalizada desde 1717; y se creaba otra para encargarse de los asuntos que hasta ese momento había tramitado el extinguido Consejo de Aragón. Los escribanos de gobierno tanto de Castilla como de Aragón eran los encargados de tramitar las consultas y de llevar un registro de todas ellas. La colección de Consultas de la Escribanía de Gobierno de Castilla resulta una serie muy homogénea con pocas digresiones a lo largo del tiempo. No es el caso de la serie de Consultas de Aragón. En la serie se distinguen claramente dos momentos. Los primeros legajos, que recogen la documentación de los años 1707 a 1715, están formados por un conglomerado documental muchísimo más heterogéneo que el resto. No solo hay consultas sino también decretos, expedientes, pleitos, memoriales y muchos otros tipos documentales que no responden a una tipología homogénea. A partir del año 1715 la documentación responde más a la denominación propia de la serie. Esta fracción la componen en su inmensa mayoría consultas y decretos (dos tipos documentales que de forma ordinaria se archivaban juntos). La diferencia se aprecia también de modo claro porque esta última parte tiene libros de matrícula, elaborados por el Archivo del Consejo de Castilla, en donde se iba registrando la documentación que le transfería la Escribanía de Aragón, mientras que la primera no. La complejidad y la heterogeneidad de los primeros legajos puede deberse a varios motivos. El primero de ellos que hasta el año 1715, con la capitulación de Mallorca, la guerra no termina y por lo tanto la gestión desde Madrid de los asuntos relativos a los territorios aragoneses debió de ser complicada y confusa. El segundo motivo debió de ser la aparente desorganización de la Escribanía de Aragón del Consejo de Castilla durante sus primeros años de existencia. Cuando Felipe V suprime el Consejo de Aragón por el Real Decreto de 15 de julio de 1707, encarga así mismo las competencias que éste había tenido al Consejo de Castilla. Para ello se habilita una séptima escribanía que debía ocuparse, desde ese momento, de los asuntos tocantes a los territorios aragoneses. No obstante, por una consulta a resultas de una solicitud hecha por José de Bordonaba, escribano de la Escribanía de Aragón en 1715, en la que pedía que le pagaran los emolumentos que se le debían desde hacía más de cinco años (Consejos,5932, exp.114), podemos suponer que durante los años transcurridos entre 1707 y 1715 la escribanía de Aragón aún funcionaba muy precariamente. Estos motivos debieron provocar que la documentación correspondiente a los años 1707 a 1715 llegara al Archivo de una forma más irregular y que esté compuesta por documentación mucho más heterogénea que el resto.
Consejo de Castilla (España)
En esta serie hay información relevante para la historia local de las ciudades, villas y lugares de los Reinos que componían la Corona de Aragón: Valencia, Mallorca, Aragón y Cataluña.
Además, el gobierno de las Universidades era competencia del Consejo de Castilla. Aunque, en principio, las consultas sobre provisión de cátedras estuvieron a cargo de un consejero, llamado catedrero, a partir de 1768 fueron las escribanías de gobierno las encargadas de formar los expedientes de oposición de Cátedras y en muchos de ellos acompaña las relaciones de méritos de los candidatos. Hay documentación relativa a las Universidades de Cervera, Huesca, Orihuela, Palma de Mallorca, Valencia y Zaragoza. Así mismo habría que complementar con los fondos de Universidades en el Consejo de Castilla.
Hay bastante documentación sobre la situación de los bienes de pueblos y personas que quedaron tras la guerra de Sucesión, la guerra del Rosellón, también denominada Guerra de los Pirineos o Guerra de la Convención, y sobre la guerra de la Guerra de Independencia y la situación política posterior.
En cuanto al ámbito nobiliario aporta bastante información genealógica, y sobre asuntos económicos, así como solicitud de facultades que los nobles y señores realizaban para mejorar sus bienes vinculados o de otro tipo.
Junto a todo ello información sobre corporaciones locales en todas las esferas administrativas, de nombramiento de funcionarios de todo tipo, concesión de moratorias, redención de censos, tributos, celebración de ferias y mercados, noticias de abastos, disfrute de pastos, derechos de aguas, reparaciones de puentes, construcción de caminos, repoblación de montes, noticias de diversiones públicas, confirmación de privilegios…
También sobre órdenes religiosas como agustinos, bernardos, carmelitas, dominicos, jesuitas, mercedarios, mínimos, trinitarios y en general de todo el clero secular.
Unidades de instalación: CONSEJOS, 6802-6897, y 6123.
Bueno
Archivo Histórico Nacional (España). "Catálogo de consultas del Consejo de Aragón" /Eugenio Sarrablo Aguareles.-- Madrid : Dirección General del Patrimonio Artístico y Cultural, 1975.-- 998 p. ; 24 cm.
Registro de consultas de la Escribanía de cámara y de gobierno de la Corona de Aragón.
Esta serie posee libros de matrículas: CONSEJOS,L.2848 y 2849.
La matrícula no comienza hasta CONSEJOS,6811 y está solo confrontado el número de legajos pero a nivel de unidad documental compuesta/simple. El inventario general manuscrito refleja los años contenidos en cada unidad de instalación.