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Pasquines sediciosos en Santa Fe

Archivo General de Indias

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Pasquines sediciosos en Santa Fe

Signatura:

ESTADO,56A,N.2

Fecha Creación:

1794-09-19

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Simple

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/22//ESTADO,56A,N.2

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo General de Indias     Estado     ESTADO: Santa Fé     Estado: Santa Fé

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Secretaría de Estado y del Despacho de Estado (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

E) Causas sobre pasquines sediciosas. Nº 1.- Carta 'reservada' del Virrey de Santa Fe, José de Expeleta, al Duque de la Alcudia, expresando le remite testimonio del expediente actuado por el Oidor Decano de la Audiencia, Joaquín de Inclán, para la averiguación de los autores de los pasquines sediciosos que aparecieron fijados en la capital el 19 de agosto último, y en el cual se comprende todo lo obrado hasta el día 15 inclusive; que le seguirá remitiendo cuando se fuese actuando hasta a conclusión de la causa. (Santa Fe 19 septiembre 1794). /No está el testimonio que cita/. Nº 2.- Carta del Virrey de Santa Fe, José de Ezpeleta, al Duque de la Alcudia, expresando remite Testimonio de la continuación del expediente sobre pasquines sediciosos (Santa Fe 19 noviembre 1794) /No está el testimonio que cita/. Nº 3.- Carta del Virrey de Santa Fe, José de Ezpeleta, al Príncipe de la Paz, en que avisa haber remitido a Cartagena de Indias para que de allí sigan a España, los cuatro reos autores de los pasquines sediciosos en la capital: Luis Gómez, Pablo Uribe, José María Durán y José Arellano. (Santa Fe 19 febrero 1796). Nº 4.- Carta del Gobernador de la Habana, Luis de las Casas, al Príncipe de la Paz, expresando haberle remitido al Virrey de Santa Fe cuatro reos de la clase de los once que le había enviado anteriormente, y de cuya remesa a Cádiz avisó en oficio de 22 de enero; que estos cuatro reos permanecen en la Habana en seguro depósito hasta que haya oportunidad de buque para aquel puerto. (Habana 1 abril 1796). Con resolución al dorso. Nº 5.- Oficio del Juez de Arribadas de Cádiz, Manuel González Gurial, al Príncipe de la Paz, asegurándole que cuando lleguen al puerto los reos Luis Gómez, Pablo Uribe y José María Durán, dispondrán se pongan en seguro arresto hasta su resolución. (Cádiz 5 julio 1796). Nº 6.- Instancia de Luis Gómez, Pablo José de Uribe y José María Durán /al Príncipe de la Paz?/, en súplica de que haga presente a S.M. lo ilegal del juicio seguido contra ellos en que se les ha privado de toda defensa natural, para que S.M. mande que el Consejo de Indias u otro Tribunal tome conocimiento de su causa, y la sentencie conforme a derecho. (S.f.). Con resolución marginal. Nº 7.- Minuta de oficio sobre el asunto de los pasquines /Al Príncipe de la Paz?/ con resumen de lo actuado y en solicitud de aprobación de la sentencia impuesta a los cuatro reos autores de los pasquines y de las diligencias practicadas para averiguar los autores de otros segundos pasquines. (S.f.). Con resolución al dorso aprobando ambas cosas. (22 septiembre 1796). Nº 8.- Minuta de Oficio /al Príncipe de la Paz?/, expresando que la sentencia dada por la Audiencia a los cuatro reos autores de los pasquines fué la pena de presidio en uno de los de Africa y solicitando se digne resolver a qué presidio han de ser conducidos. (S.f.). Con resolución al dorso, indicando que Arellano vaya a Ceuta, Luis Gómez al Peñón, Pablo Uribe a Alhucenas y José María Durán a Melilla. (10 noviembre 1796). Corre unido: a) Oficio de Manuel González Guiral, /Presidente Juez de Arribadas de Cádiz/, al Príncipe de la Paz, acusando recibo de su orden del 11 de noviembre, acerca de la pena impuesta a los cuatro reos de los pasquines y expresando serán remitidos a sus respectivos destinos por el Gobernador de la Plaza. (Cádiz 22 noviembre 1796). Nº 9.- Documentos relativos al reo Luis Gómez: a) Oficio de Antonio Cornel a Mariano Luis de Urquijo, para que con presencia de lo que expone Luis Gómez, confinado en el Peñón, en solicitud de que se le alce el destierro perpetuo de los dominios de Indias que le impuso la Audiencia de Santa Fe, y que apoya el Capitán General de la Costa de Granada en la carta adjunta con que remite la instancia que asimismo se acompaña, manifiesta sobre esta pretensión lo que tuviese por conveniente. (San Lorenzo 4 noviembre 1799). Con resolución marginal. /No está la carta, ni la instancia citadas/. Corre unida: Minuta de Oficio a Antonio Cor
nel, en respuesta al anteriponiendo los trámites y sentencia de la causa de Gómez y demás cómplices en la fijación de los pasquines, para que acuerde con S.M. lo que le parezca conveniente. (San Lorenzo 11 noviembre 1799). Con resolución marginal. b) Instancia de Luis Gómez a S.M. firmada, en virtud de orden, por Juan Fernández Leal, solicitando que en atención al feliz parto de la Infanta María Luisa, se le conceda el indulto que tiene solicitado. (Madrid 24 diciembre 1799). Con resolución marginal. Corre unida: Minuta de Oficio /a Mariano Luis de Urquijo/ exponiéndole los antecedentes del asunto. (Madrid 8 enero 1800). Con resolución marginal. c) Instancia de Luis Gómez /al Ministro de Estado?/, en solicitud de que se despache a los Reales Oficios de la Veeduría de Málaga, una copia de la R.O. de 11 de noviembre de 1796 por la que se le señalaba la plaza del Peñón para cumplir su condena, y que en dicha copia se incluya la fecha de la sentencia de la Audiencia de Santa Fe. (Málaga 31 agosto 1803). Con reslución marginal. Corre unida: Minuta de Oficio al Gobernador del Consejo de Indias remitiéndole el Memorial antecedente, para la providencia que estime conveniente. (S. Ildefonso 11 agosto 1803). d) Instancia de Luis Gómez /al Ministro de Estado?/, en súplica de que se sirva exponer a S.M. el deplorable estado en que se halla con su familia a fin de que le permita volver a su pais a terminar su vida. (Málaga 25 febrero 1804). Con resolución marginal. Corre unida: Minuta de Oficio al Gobernador del Consejo de Indias, Marqués de Bajamar, remitiéndole una copia de la Instancia antecedente, para los efectos que tuviere por conveniente en justicia dicho Supremo Tribunal. (Aranjuez 4 abril 1804). /No está la copia citada/. e) Instancia de Luis Gómez /al Ministro de Estado?/, en súplica de que eleve a S.M. el Memorial y documentos que acompañan, y en consideración a la miseria en que se halla él y su familia, a los conocimientos que posee y al mérito que contrajo en la epidemia que padeció en Málaga, se digne a concederle el empleo de contador entre partes y Tasador General. (Málaga 7 abril 1804). Con resolución marginal que indica se remitió el Memorial al Consejo de Indias. Corre unida: Minuta de Oficio al Gobernador del Consejo de Indias, Marqués de Bajamar, remitiéndole el Memorial de Luis Gómez, para los fines que estime conveniente el Consejo. (Aranjuez 12 abril 1804). f) Instancia de Luis Gómez /al Ministro de Estado?/, repitiendo la petición de la instancia antecedente de que se le conceda el empleo de Contador entre partes y Tasador General de Málaga. (Málaga 20 junio 1804). Corre unida: Minuta de consulta del Consejo de Indias en Sala de Justicia sobre la instancia de Luis Gómez solicitando se le permita volver a su pais o se le conceda el empleo de Contador entre partes y Tasador de Málaga, y expone su dictamen acompañando la respuesta del fiscal, reducido a que se declare no haber lugar a la solicitud de volver a las Indias y que no solo no hay reparo sino que será conveniente se le coloque en estos reinos y conforme a su carrera, trayendo a su mujer e hijos. (Consejo de Indias 5 septiembre 1804). Con resolución marginal de S.M. accediendo a lo que propone el Consejo más no en conceder a Luis Gómez el empleo que solicita. /No está la respuesta del Fiscal/. g) Minuta de Oficio al Secretario del Despacho de Hacienda, expresando le remite un Memorial de Luis Gómez en que solicita el empleo de Interventor de Cargazón de la Aduana de Málaga, vacante por muerte de Felipe Buendía, y exponiendo la resolución de S.M. sobre el asunto para que lo tenga en consideración. (San Lorenzo 14 noviembre 1804). /No está el Memorial citado/. h) Instancia de Luis Gómez a S.M. exponiendo su mísera situación y suplicando le conceda algún empleo con que pueda pasar su vida en España según su decreto de 22 de septiembre del año anterior. (Málaga 13 febrero 1805). i) Instancia de Luis Gómez a S.M., reproduciendo su petición del empleo de Interven
tor de Cargazón del muelle de Málaga, o cualquier opleo, en Málaga o fuera de ella. (Málaga 5 marzo 1805). j) Instancia de Luis Gómez a S.M., recordando la resolución de S.M. de 22 de septiembre de 1804, y solicitando en consecuencia se digne concederle cualquier empleo, bien sea en la Comisión de Caminos o en la Administración de Correos. (Málaga 17 agosto 1805). Corre unida: Minuta de Oficio /al Ministro de Estado?/ remitiéndole la instancia antecedente y exponiéndole los antecedentes del asunto. (S.f.). Con notas y resoluciones marginales que expresan se hizo la recomendación del interesado a Correos en 8 octubre 1805. k) Minuta de Oficio /al Ministro de Estado/ remitiendo una instancia de Luis Gómez en solicitud de que, no habiendo obtenido colocación en Correos según mandó S.E., se le proporcione una Escribanía de Rentas, dispensándole del pago de lanzas y media anata que no puede hacer. (S.F.). Con resolución marginal en sentido afirmativo. Anexo: Minuta de Oficio al Dr. Soler expresando le remita la Instancia para que la haga presente a S.M. (S. Ildefonso 14 agosto 1806). /No está la instancia citada/. Nº 10.- Documentos relativos al reo José María Durán:
a) Instancia a S.M. de Pedro Pradilla a nombre de José María Durán, condenado a seis años de prisión en Melilla por el asunto de los pasquines sediciosos, en solicitud de que S.M. le conceda el indulto del tiempo que le resta por cumplir restituyéndole a su pais. (San Lorenzo 18 noviembre 1799). Con resolución marginal. Acompaña: Certificación de José Rivera, Gobernador Militar y político de la plaza de Melilla, acreditando la buena conducta del reo José María Durán, en el tiempo de tres años que está confinado en esta plaza. (Melilla 10 octubre 1799). Corre unido: Oficio extracto de Secretaría sobre el asunto /dirigido al Ministro de Estado?/ para su resolución. (S.L. 23 noviembre 1799). Con resolución marginal. b) Instancia a S.M. de Pedro Pradilla, a nombre de José María Durán, renovando la petición de su indulto, con motivo del feliz parto de la Infanta María Luisa. (Madrid 22 diciembre 1799). Con resolución marginal. c) Instancia a S.M. de Pedro Pradilla, a nombre de José maría Durán, en solicitud de que los seis años de presidio a que éste fué condenado se entienda desde el día en que fué arrestado en Santa Fe, o a lo menos desde la fecha en que la Audiencia pronunció la sentencia, reservándole la facultad de implorar su indulto. (Madrid 29 diciembre 1799). Con resolución marginal. Corre unido: Oficio con extracto de Secretaría /dirigido al Ministro de Estado?/ para su resolución. (Madrid 5 enero 1800). Con resolución marginal. d) Oficio dirigido al Marqués de Bajamar /Gobernador del Consejo de Indias/ remitiéndole un Memorial de José María Durán, en súplica de que se le levante el destierro perpetuo de su país a que se halla condenado. (Palacio 1 agosto 1801). Al margen: Ofico de respuesta del Marqués de Bajamar a Pedro Ceballos, para que, si agrada a S.M., mande que el Memorial se remita al Consejo, y con los demás antecedentes que obran en dicho Tribunal, informe el concepto de justicia que forme sobre esta solicitud. (Madrid 2 agosto 1801). Con resolución margina. /No está el memorial citado/. e) Instancia de José María Durán /al Ministro de Estado?/, para que haga presente a S.M. su petición de que le sea levantado el destierro de su patria. (Madrid 7 febrero 1802). Con resolución marginal. f) Instancia de José María Durán a S.M. solicitando le restituya a su antigua estimación para poder seguir y conluir la carrera de las letras u otra cualquiera a que se incline. (Madrid 27 julio 1802). Con resolución marginal. g) Instancia de José María Durán /al Ministro de Estado?/, para que S.M. le conceda las gracias ya solicitadas respecto a su destierro. (Madrid 6 noviembre 1802). h) Instancia de José maría Durán /al Ministro de Estado/ en los mismos términos que la anterior. (Madrid 14 enero 1803). i) Minuta de consulta del Consejo de Indias a S.M. sobre la gracia q
ue en su repetidas instancias pide José María Durán. (4 noviembre 1803). Cnida:
Minuta de respuestas al Gobernador del Consejo de Indias, expresando le remite la causa sobre pasquines, una carta de la Audiencia de 19 septiembre 1795 y la copia del escrito de defensa de Antonio Mariño que han pedido los Fiscales, lo que advierte para que no se echen de menos en las causas de Ricaurte y Nariño. (Aranjuez 14 marzo 1803). /No está la citada causa. La carta de la Audiencia y escrito de Nauriño que cita están en la causa de este último. V. F. f b). j) Instancia de José María Durán /al Ministro de Estado?/, en solcitud de que mande repetir el Decreto de S.M. en que ordenó a la Sala de Justicia de Indias le consultase para determinar sobre la gracia de repatriación que solicita, pues la dilación es en su perjuicio. (San Ildefonso 29 agosto 1803). Con resolución marginal

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