Formación de Juntas de Hacienda para la mejor administración de la misma
GUADALAJARA,232,L.9,F.382V-384R
1709-07-31
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//GUADALAJARA,232,L.9,F.382V-384R
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Guadalajara Consejo: ''Reales Despachos'' Registros de oficio Registro: Nueva Galicia
Consejo de Indias (España)
Real Cédula al presidente y oidores de la Audiencia de Guadalajara, en relación a una carta de Juan Picado Pacheco, fiscal de la misma, de 12 de abril de 1708, en la que informaba que habiendo pedido en esa Audiencia que hubiese Junta de Hacienda con asistencia de oficiales reales, un oidor, el fiscal y el presidente, como previenen las leyes, lo habían denegado alegando que sólo tenía esta competencia el virrey de Nueva España, sinedo así que su interés no era otro que el conocer los efectos de Real Hacienda y que se despachasen a tiempo las providencias convenientes para que no hubiese fraudes ni atrasos, que el virrey hiciese las libranzas sobre el caudal existente y en todas partes hubiese la buena junta y razón que se necesita. Visto en el Consejo de Indias, se declara que corresponde al virrey la superintendencia y que dispongan que se celebren las expresadas Juntas siempre que el fiscal u oficiales reales comuniquen al presidente o informen al virrey de la existencia de intereses de Real Hacienda que proponer en ellas y de los que sea conveniente tomar resolución, con el fin de evitar fraudes y atrasos en la recaudación de los efectos de Hacienda y que haya en todas partes la buena cuenta y razón que se necesita, debiendo dar cuenta de lo actuado en esta razón.
Nota al margen: "Fecho con duplicado"
Se pueden consultar las imágenes en la signatura: GUADALAJARA,232,L.9