Orden sobre la actuación de obispos y provisores en pleitos de inmunidad
GUADALAJARA,233,L.11,F.358R-359R
1728-08-24
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/22//GUADALAJARA,233,L.11,F.358R-359R
Archivo General de Indias
Gobierno
Audiencia de Guadalajara
Consejo: ''Reales Despachos''
Registros de oficio
Registro: Nueva Galicia
Consejo de Indias (España)
Real Cédula al presidente y oidores de la Audiencia de Guadalajara en respuesta a su carta de 31 de mayo de 1727 en la que remitían testimonio de los autos de fuerza que se siguieron en ella sobre la inmunidad de un reo que se extrajo de sagrado, expresando que se había puesto al alcalde mayor de Sayula en la tablilla de los excomulgados y que el provisor, Sebastián Feijóo, no había guardado el estilo y cortesía que habían observado los obispos y sus provisores tanto en las respuestas que dió a las Provisiones "de ruego y encargo" que se le hicieron como por haber tardado en poner en efecto la absolución a los excomulgados, y suplicaban que se tomase la providencia conveniente para que los provisores diesen pronto cumplimiento a las Provisiones que se despachen en los pleitos de fuerza. Visto en el Consejo de Indias, se comunica que ha resuelto encargar al obispo y su provisor que siempre que la Audiencia despache semejantes Provisiones ordinarias, absuelvan a los excomulgados a la mayor brevedad por el término competente hasta que, remitidos los autos, se declare la fuerza por dicha Audiencia, encargándoles también que tengan la unión y buena correspondencia que se las leyes disponen en este asunto.
Nota al margen: "Fecho con duplicado".