Advertencia para que el provisor del obispado castigue los excesos de un clérigo
GUADALAJARA,231,L.4,F.361R-362R
1679-12-31
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//GUADALAJARA,231,L.4,F.361R-362R
Archivo General de Indias Gobierno Audiencia de Guadalajara Consejo: ''Reales Despachos'' Registros de oficio Registro: Nueva Galicia
Consejo de Indias (España)
Real Cédula al presidente y oidores de la Audiencia de Guadalajara, en relación con la querella presentada ante esa Audiencia por Blas Leal de Cervantes, alcalde mayor del Real de Minas de Jora, contra el licenciado Juan Cataño de Figueroa, teniente de cura y vicario del distrito de las minas de Amaxaque y San Miguel, por haberlo apaleado públicamente; por este motivo ordenó la Audiencia a Baltasar de la Peña y Medina, provisor y vicario general de ese obispado, que hiciese justicia en esta causa y diese cuenta de ello, cosa que no hizo en cinco meses, excepto haber notificado un auto a Blas Leal de Cervantes para que informase sobre ello y respondió diciendo que no tenía testigos que presentar ni cosa alguna que pedir y que, por tanto se apartaba de la querella que había presentado, y presentó en la Audiencia la sentencia que pronunció absolviendo a Juan Cataño de Figueroa, de cuyo hecho se dejaba entrever que debido a la amistad entre el cura y el provisor se dejaba sin castigo un exceso y se causaba perjuicio a la causa pública. Visto en el Consejo de Indias les manda advertir al provisor Baltasar de la Peña y Medina que castigue al licenciado Juan Cataño de Figueroa y a los demás clérigos que cometan excesos semejantes con la severidad que requiere por la importancia que tiene el que la justicia mantenga la autoridad que le corresponde.
Nota al margen indicando que la Cédula ha sido corregida y duplicada.
Se pueden consultar las imágenes en la signatura: GUADALAJARA,231,L.4