Querella de antejuicio nº 197/1930 formulada a instancia de Francisco Roldán Huertas por falsedad documental contra el alcalde de Villaviciosa de Odón (Madrid), Esteban Sánchez, el Secretario del Ayuntamiento, Felipe de la Morena Collado, y otros concejales.
FC-AUDIENCIA_T_MADRID_CRIMINAL,13,Exp.13
1930-02-12 - 1930-03-20
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//FC-AUDIENCIA_T_MADRID_CRIMINAL,13,Exp.13
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.2. Poder Judicial Audiencia Territorial de Madrid Sala de lo Criminal. Audiencia Provincial de Madrid Causas
Audiencia Provincial de Madrid (España)
La Ley Orgánica del Poder Judicial, de 15 de septiembre de 1870, en su artículo 276 punto 3º, establece que las Salas de lo Criminal de las Audiencias conocerán en única instancia y en juicio oral y público "de las causa contra los funcionarios del orden administrativo que ejerzan autoridad por delitos cometidos en el ejercicio de sus cargos (…)".
Además, el artículo 174 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal dice que "las causas criminales cuya instrucción no comience de oficio empezarán precisamente por querella".
En aplicación de estas dos leyes se incoa este expediente motivado por la denuncia de Francisco Roldán Huertas acerca de varias falsedades documentales en que incurrió el Ayuntamiento de Villaviciosa de Odón (Madrid) recalificando unos terrenos públicos con el objetivo de poder venderlos libremente a Fernando Merino Pérez.
Por auto de 19 de febrero de 1930 la Audiencia Provincial de Madrid declara no haber lugar a admitir la querella.
Francisco Roldán Huertas interpuso recurso de súplica con resultado igualmente negativo para sus intereses.
Español. Manuscrito y mecanografiado.
REGULAR
El papel se deshace en su parte superior por efecto de la humedad.