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Expediente sobre la creación de cátedras en Manila (Primera parte)

Archivo General de Indias

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expediente sobre la creación de cátedras en Manila (Primera parte)

Signatura:

FILIPINAS,313,N.1

Fecha Creación:

1708-05-24  -  1708-05-24

Fecha Formación:

1710  -  1728

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//FILIPINAS,313,N.1

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo General de Indias     Gobierno     Audiencia de Filipinas     Expediente sobre erección de cátedras

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Consejo de Indias (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

 


- Carta nº 9 de Domingo de Zabalburu, gobernador de Filipinas, repitiendo dar cuenta del informe que inserta de 15 de 1705 del medio para la erección de dos cátedras. Manila, 24 de mayo de 1708.


Acompaña:


- Testimonio nº 6 de la cédula de 11 de julio de 1702 sobre que informe la forma que podía haber de fundar en la ciudad de Manila dos cátedras de las facultades de cánones y leyes. Manila, 18 de mayo de 1708.


- Resumen de secretaría para despacharse una carta del gobernador de Filipinas sobre las cátedras de Manila. Madrid, 16 de enero de 1714. Con minuta.


- Minuta de carta acordada del Consejo de Indias al rector y claustro de la Universidad de Salamanca, comunicándoles la resolución de crear tres cátedras en la ciudad de Manila, una de prima de cánones, otra de leyes y otra de instituta para que la hagan pública por medio de edictos en esa Universidad para que puedan acudir los opositores al Consejo de Indias en el término de dos meses. Madrid, 11 de abril de 1714.


- Nota de secretaría con las cuatro cartas de las universidades y Chancillería de Valladolid. Madrid, 22 de abril de 1714:


- Carta de la Universidad de Salamanca: Luís Gómez de Parada, rector, Alonso Bernardo de Quirós y García de Pardiñas Villar de Francos a Diego de Morales dándole cuenta del obedecimiento de la orden de 11 de abril, fijando edictos para la oposición de las cátedras de Manila. Salamanca, 18 de abril de 1714.


- Carta de Felipe Núñez y Tobar, rector de la Universidad de Alcalá de Henares. Colegio de San Ildefonso, 20 de abril de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Universidad de Alcalá. Alcalá de Henares, 16 de abril de 1714.


- Carta de Juan Manuel de Acítores, rector de la Universidad de Valladolid. Valladolid, 18 de abril de 1714.


- Ídem de Diego de la Vega Trelles, presidente de la Chancillería de Valladolid. Valladolid, 18 de abril de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Chancillería de Valladolid. Valladolid, 18 de abril de 1714.


 


- Nota de secretaría sobre haberse nombrado presidente de la Chancillería a Juan Blasco y Orozco. Sin fecha.


- Carta del marqués de Risbourg, [presidente de la Audiencia de la Galicia]. La Coruña, 22 de abril de 1714.


- Carta de Cayo Prieto Lasso de la Vega, regente de la Audiencia de Aragón. Zaragoza, 17 de abril de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Audiencia de Aragón. Zaragoza, 17 de abril de 1714.


 


- Carta de Cayo Prieto Lasso de la Vega remitiendo certificación de la Universidad de Huesca. Zaragoza, 24 de abril de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Universidad de Huesca. Huesca, 21 de abril de 1714.


- Carta de Eleuterio José de Torres, [presidente de la Audiencia de Valencia]. Valencia, 17 de abril de 1714.


- Carta de Juan Miguélez de Mendaña Osorio, [presidente de la Chancillería de Granada]. Granada, 24 de abril de 1714.


- Carta de Manuel de Torres, regente de la Audiencia de Sevilla. Sevilla, 24 de abril de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Audiencia, catedral y Universidad de Sevilla. Sevilla, 24 de abril de 1714.


 


- Decreto del Consejo para que se prorrogue por dos meses el término para los opositores de las cátedras de Manila. Consejo, 3 de septiembre de 1714.


- Minuta de carta acordada del Consejo de Indias al rector y claustro de la Universidad de Salamanca, avisándole la prorrogación de dos meses de término para que acudan opositores a las cátedras de Manila. Madrid, 11 de septiembre de 1714.


- Ídem a Juan Blasco de Orozco, [presidente de la Chancillería de Valladolid. Madrid, 11 de septiembre de 1714.


- Índice de las órdenes remitidas sobre la oposición de las cátedras de Manila. Madrid, 11 de septiembre de 1714.


- Carta de Manuel de Torres, presidente de la Audiencia de Sevilla a Diego de Morales dándole cuenta del obedecimiento de la orden de 11 de septiembre, fijando edictos para la oposición de las cátedras de Manila. Sevilla, 18 de septiembre de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Audiencia, catedral y Universidad de Sevilla. Sevilla, 18 de septiembre de 1714.


 


- Carta de Juan Miguélez, Granada, 18 de septiembre de 1714.


- Carta de Miguel Ventura Gallo de Pardiñas, rector de la Universidad de Salamanca. Salamanca, 19 de septiembre de 1714.


- Carta de Juan Manuel de Acítores. Valladolid, 22 de septiembre de 1714.


- Carta de Eleuterio José de Torres. Valencia, 25 de septiembre de 1714.


- Carta de Cayo Prieto Lasso de la Vega. Zaragoza, 2 de octubre de 1714.


Acompaña:


- Certificación de la fijación de edictos en la Audiencia y en la Universidad de Zaragoza. Zaragoza, 2 de octubre de 1714.


 


- Certificación de la fijación de edictos en la Universidad de Huesca. Huesca, 28 de septiembre de 1714.


- Carta de Felipe Núñez Tobar. Alcalá [de Henares], 2 de octubre de 1714.


Acompaña:


- Copia de edicto para la oposición de las cátedras de Manila y certificación de su fijación. Alcalá de Henares, 28 de septiembre de 1714.


- Carta de la Universidad de Oviedo: Juan Francisco de Arango, vicerrector, Pedro de Santo Tomás, catedrático de vísperas de Teología, Juan Francisco Solares Bustos, catedrático de Vísperas de Cánones y José de la Fuente González, secretario. Oviedo, 27 de octubre de 1714.


- Minuta de certificación dada por Diego Morales a Julián [Ignacio] de Velasco de haberse opuesto a la cátedra de prima de leyes. Madrid, 15 de septiembre de 1714.


- Nota de secretaría sobre el estado de las cátedras de Manila. Consejo, 4 de diciembre de 1714.


- Acuerdo del Consejo de proveer la primera cátedra en Julián [Ignacio] de Velasco y para la segunda de Instituta que se consulte el nombramiento de Francisco Fernández Toribio y la tercera se remita a México. Consejo, 10 de enero de 1715.


- Nota remitiendo la consulta. Sin fecha.


- Minuta de consulta del Consejo de Indias dando cuenta del nombramiento de Julián [Ignacio] de Velasco para la cátedra de prima de leyes de Manila y proponiendo nombrar a Francisco Fernández Toribio para la cátedra de instituta y que se publiquen edictos en México para que acudan pretendientes a las oposiciones de la cátedra de prima de cánones. Consejo, 25 de enero de 1715.


R: Acepta la propuesta añadiendo que concurra el virrey de México.


- Decreto para que se avise al colegial de Alcalá [Francisco Fernández Toribio] de la merced de la cátedra de Manila. Sin fecha.


- Carta de Francisco Fernández Toribio a Diego de Morales Velasco aceptando la cátedra de prima de Instituta de Manila. Alcalá, 12 de marzo de 1715.


- Oficio de Luís de Astorga y Antonio de Salazar a Diego Morales Velasco remitiendo certificación sobre Julián [Ignacio] de Velasco. Madrid, 12 de marzo de 1715.


- Certificación de Luís de Astorga y Antonio de Salazar de que Julián [Ignacio] de Velasco no tiene cargo que satisfacer a la real Hacienda. Madrid, 12 de marzo de 1715.


- Minuta de real provisión concediendo título de catedrático de Prima de Leyes en la ciudad de Manila, con los honores y goce de oidor de aquella Audiencia a Julián [Ignacio] de Velasco. Buen Retiro, 30 de marzo de 1715.


- Minuta de real cédula a los oficiales de la Real Hacienda de México, para que paguen de aquellas cajas la ayuda de costa que se les indica a Julián [Ignacio] de Velasco, que pasa a Manila a la cátedra de Prima de Leyes. Buen Retiro, 30 de marzo de 1715.


- Nota de secretaría sobre faltar sólo los despachos de las horas, forma y paraje donde deban explicar los catedráticos. Consejo, 5 de abril de 1715. Informe del fiscal de 20 de abril de 1715.


- Oficio de Diego de Morales Velasco a Jerónimo Ustáriz sobre situación en la Contaduría de Francisco Fernández Toribio. Madrid, abril de 1715.


- Oficio de Antonio de Salazar y Juan de Velasco y Angulo a Diego Morales Velasco remitiendo certificación sobre Julián [Ignacio] de Velasco. Madrid, 8 de abril de 1715.


- Certificación de Antonio de Salazar de que Francisco Fernández Toribio no tiene cargo que satisfacer a la real Hacienda. Madrid, 8 de abril de 1715.


- Minuta de real cédula dando comisión a Julián [Ignacio] de Velasco y a Francisco Fernández Toribio, elegidos catedráticos de prima de leyes y de prima de instituta con los honores y goce del cargo de oidor de la Audiencia de Manila, para que secretamente y sin la intromisión de otras autoridades de Filipinas, procuren indagar los procedimientos usados por el oidor Agustín [Miguel] de Barrientos [y Rivera], en la administración de la renta de naipes de dichas islas, dándoles facultad para aplicar los castigos necesarios. Aranjuez, 28 de mayo de 1715.


- Memorial de Julián Ignacio de Velasco pidiendo que la libranza para los oficiales reales de México se entienda a favor de su heredero, en caso de morir en el camino. Consejo, 31 de mayo de 1715.


- Minuta de real cédula a los oficiales reales de México para que en el caso de morir en el camino Francisco Fernández Toribio, se satisfaga a sus herederos la libranza que se expidió en su nombre. Aranjuez, 14 de junio de 1715.


- Memorial de Julián [Ignacio] de Velasco de licencia para embarcarse con una parienta de diez años, criados y ropa y librería. Consejo, 19 de junio de 1715.


- Memorial de Francisco Fernández Toribio pidiendo licencia para embarcarse con su esposa, criados y joyas y libros. Consejo, 26 de junio de 1715.


- Minuta de real cédula al presidente y jueces oficiales de la Casa de la Contratación para que Julián [Ignacio] de Velasco pueda embarcar en la presente flota. Aranjuez, 5 de julio de 1715.


- Ídem para Francisco Fernández de Velasco.


- Memorial de Francisco Fernández Toribio pidiendo duplicado de la libranza sobre las arcas de México por haberla perdido. Cádiz, 28 de julio de 1715.


- Minuta de consulta del Consejo de Indias proponiendo, a instancias de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio, catedráticos de la universidad de Manila, prorrogarles en México el sueldo que tienen concedido hasta la fecha de su embarque al haberse dilatado la llegada de la nao de Filipinas. Consejo, 5 de julio de 1716.


R: Que se les asista desde el día que hubieren embarcado si hubiese llegado la nao.


- Minuta de real cédula al virrey de Nueva España para que asista a Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio con sus sueldos desde que llegaron hasta el día que hubiesen embarcado para Filipinas. El Pardo, 11 de julio de 1717.


- Carta de la Audiencia de Manila: Fernando Manuel de Bustillo, Bustamante y Rueda y Gregorio Manuel de Villa dando cuenta del cumplimiento de las cédula sobre la fundación de tres cátedras, quedando en corriente su enseñanza, de haberse alquilado una casa para las lecturas y de haberse arbitrado otras cuatro cátedras de medicina, matemáticas y lenguas china y tagala. Manila, 3 de agosto de 1718.


Acompaña:


- Traslado nº 1 de la cédula de 16 de mayo de 1714, 27 de marzo y de 20 de junio de 1715 y demás diligencias ejecutadas sobre la erección de tres cátedras en Manila. Manila, 11 de agosto de 1718.


- Carta del cabildo eclesiástico de Manila: Juan González de Guzmán, deán, Jerónimo de Herrera, arcediano, Francisco Rayo Doria, chantre, Luís de Campaña, maestrescuela, Francisco Ibarra, tesorero, Luís, Rico, canónigo magistral y Vicente Hernández de Legazpi, canónigo dando cuenta de haber puesto en posesión de la canonjía doctoral a Manuel Antonio de Ocio y Ocampo, catedrático de cánones y de cómo en Manila se ha erigido nueva Universidad sin intervención del arzobispo ni del Cabildo y de la inconveniencia de erigir Universidad separada de los colegios de Santo Tomás y San Ignacio. Manila, 16 de julio de 1718.


- Carta de Manuel Antonio de Ocio y Ocampo, catedrático de prima de cánones refiriendo lo ocurrido en la fundación de su cátedra y la oposición que hacen los dominicos y jesuitas. Manila, 31 de julio de 1718.


Acompaña:


- Testimonio de la dedicatoria del acto que sustentó Juan de la Fuente Yepes a Felipe V. Manila, 20 de agosto de 1718. En latín. Impreso. 


- Certificación del acto que sustentó Juan de la Fuente Yepes del título primero, libro segundo de las decretales. Manila, 20 de agosto de 1718.


- Carta de Manuel Antonio de Ocio y Ocampo dando cuenta del estado de su cátedra y cursantes que hay en ella. Manila, 2 de junio de 1719.


Acompaña:


- Certificación de personas matriculadas en la cátedra de prima de sagrados cánones que regenta Manuel Antonio de Ocio y Ocampo. Manila, 4 de julio de 1719.


- Carta de Manuel Antonio de Ocio y Ocampo dando cuenta de quedar leyendo su cátedra y de la prisión de José de Torralba y Julián [Ignacio] de Velasco. Manila, 1 de agosto de 1718.


- Carta de Francisco [de la Cuesta], arzobispo de Manila, sobre la erección de las tres cátedras en Manila, la toma de posesión de Manuel Antonio Ocio y Ocampo en la canonjía doctoral que se ha presentado con los despachos de catedrático de prima de cánones y los inconvenientes de la fundación de otras dos cátedras de medicina y matemáticas que ha hecho el gobernador con nombre de Universidad. Manila, 20 de julio de 1718.


Acompaña:


- Copia de la cédula de 30 de marzo de 1715 sobre el establecimiento en la ciudad de Manila de tres cátedras de cánones, leyes e Instituta. Manila, 28 de junio de 1718.


- Carta de Francisco Fernández Toribio, catedrático de prima de Instituta sobre el aprovechamiento de sus discípulos. Manila, 16 de julio de 1719.


Acompaña:


- Certificación de lo actuado por Nicolás Ramírez como alumno de prima de Instituta de derecho común. Manila, 14 de julio de 1719.


- Carta del cabildo eclesiástico de Manila: Jerónimo de Herrera, deán, Francisco Rayo Doria, arcediano, Luís de Campaña, chantre, Francisco Ibarra, maestrescuela y Vicente Hernández de Legazpi, canónigo de gracia dando cuenta de cómo en Manila se ha erigido nueva Universidad sin intervención del arzobispo ni del cabildo y el inconveniente de que esté separada de los colegios de Santo Tomás y San Ignacio. Manila, 5 de julio de 1720.


- Carta del cabildo eclesiástico de Manila: Jerónimo de Herrera, deán, Francisco Rayo Doria, arcediano, Luís de Campaña, chantre, Francisco Ibarra, maestrescuela y Vicente Hernández de Legazpi, canónigo de gracia sobre la pretensión de Manuel Antonio de Ocio y Ocampo de ser tenido presente en el coro la hora de su lectura de cátedra y contradicción que le hicieron. Manila, 5 de julio de 1720.


  


Documentos que se citan en el informe fiscal de la carta de la Audiencia de 3 de agosto de 1718:


- Minuta de consulta del Consejo de Indias proponiendo erigir tres cátedras en Manila, una de prima de cánones, otra de leyes y otra de instituta y estimular que acudan pretendientes a oposición concediendo además del salario, para la primera la canonjía doctoral de la Catedral de Manila y promoción a una de la iglesias de México o Puebla de los Ángeles, y para la segunda y tercera el goce y honores de oidores de la Audiencia, con promoción a las plazas de alcalde de la Audiencia de México y oidor de la Audiencia de Guatemala, respectivamente y darles el salario de un año por vía de ayuda de costa para el viaje. La dotación de las plazas, al estar prohibido consultarla con cargo a vacantes de obispados, se propone con cargo a la Hacienda. Manila. 27 de enero de 1714.


R: Acepta las propuestas y dispensa la prohibición.


- Minuta de real cédula al presidente y oidores de la Real Audiencia de Manila, para que hagan pública la resolución de crear tres cátedras en Manila, una de prima de cánones, otra de leyes y otra de instituta, concediendo también al que ocupare la primera el disfrute de la canonjía doctoral de la Catedral de esa ciudad, y tras seis años de ejercicio su promoción a una de la iglesias de México o Puebla de los Ángeles, y a los de la segunda y tercera el goce y honores de oidores de la Audiencia de esa ciudad, libres del pago de la media anata, pudiendo, pasados seis años, ascender el de leyes, a la plaza de alcalde de la Audiencia de México, y el de instituta a la de oidor de la Audiencia de Guatemala, y que están puestos edictos para que acudan opositores. Madrid, 16 de mayo de 1714.


- Minuta de real cédula al virrey y presidente y oidores de la Real Audiencia de México, comunicándoles los nombres de los titulares de las cátedras de leyes e instituta creadas en la ciudad de Manila, que han recaído en Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio respectivamente, quedando vacante la de cánones, para cuya provisión se les ordena fijar edictos en esa ciudad, para que los pretendientes que hubiere acudan a opositar ante esa Audiencia, interviniendo en todos los actos el virrey, y dándole los despachos oportunos. Buen Retiro, 27 de marzo de 1715.


- Minuta de real cédula al presidente y oidores de la Real Audiencia de Manila, avisándoles de la resolución tomada sobre creación de tres cátedras en la ciudad de Manila, una de cánones, otra de leyes y otra de instituta, y de la designación de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio para ocupar la segunda y la tercera respectivamente, quedando la primera vacante, para cuya provisión se ha ordenado a la Audiencia de México poner edictos en aquella ciudad a fin de que los pretendientes que hubiere acudan a opositar ante dicha Audiencia, con la intervención del virrey, recibiendo en que la obtuviere los despachos necesarios, para cuyo cumplimiento se les ordena dar las providencias necesarias. Buen Retiro, 27 de marzo de 1715.


- Minuta de real cédula a [Francisco de la Cuesta], arzobispo de Manila, avisándole de la resolución tomada sobre creación de tres cátedras en la ciudad de Manila, una de cánones, otra de leyes y otra de instituta, y de la designación de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio para ocupar la segunda y tercera respectivamente, quedando vacante la primera, para cuya provisión se ha ordenado a la Audiencia de México poner edictos en aquella ciudad a fin de que los pretendientes que hubiere acudan a opositar ante dicha Audiencia, con la intervención del virrey, recibiendo el que la obtuviere los despachos necesarios, encargándole cumplir el despacho expedido por éstos dando la posesión de dicha cátedra a la persona designada. Buen Retiro, 30 de marzo de 1715.


- Minuta de real cédula al presidente y oidores de la Real Audiencia de Manila, ordenándoles reunirse con los tres catedráticos que han de llegar a esa ciudad, para resolver la forma y modo con que se debe asegurar la pública enseñanza de aquellos naturales, señalando lugar, horarios, sustituciones de catedráticos, cursos y obtención de grados, informando puntualmente sobre el aprovechamiento de los estudiantes, con distinción de aquellos que tuvieren más oportunidades para hacer oposiciones futuras a las cátedras. Aranjuez, 20 de junio de 1715.


- Minuta de real cédula admitiendo bajo la protección real a la Universidad erigida en el Colegio de Santo Tomas de la ciudad de Manila y declarando ser de su patronato. Madrid, 17 de mayo de 1680.


- Minuta de real cédula al presidente y oidores de la Real Audiencia de México, remitiéndoles la proposición hecha por Juan de Narváez, rector de la Universidad de aquella ciudad, sobre la creación en el Colegio de Santo Tomás de Manila de una cátedra de derecho y otra de medicina, para que dispongan los medios necesarios. Madrid, 22 de noviembre de 1682.


- Minuta de real cédula a José Sarmiento de Valladares, [conde de Moctezuma] virrey de Nueva España, comunicándole que se ha resuelto la creación en Filipinas de cuatro cátedras en los conventos de Santo Domingo, San Francisco, San Agustín y la Compañía de Jesús, donde se aprenda el chino y las costumbres civiles y políticas de los mandarines. Se le encarga que haga poner edictos en todas las ciudades de Nueva España para conseguir sujetos expertos en esta materia. Aranjuez, 28 de mayo de 1700.


- Minuta de real cédula al presidente y oidores de la Audiencia de Manila, contestando su carta de 14 de junio de 1702 y ordenándoles que cumplan la orden dada en 28 de mayo de 1700, sobre la fundación en aquellas islas de cuatro Cátedras para enseñar el idioma y costumbres de China, de manera que se forme al clero que va a esas misiones. Campo Real de Niza, 15 de junio de 1704.


 


- Carta de Francisco Fernández Toribio dando cuenta de los discípulos más adelantados. Manila, 18 de julio de 1721.


- Carta de Manuel Antonio de Ocio y Ocampo, Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio dando cuenta del poco número de cursantes que tienen motivándolo las religiones de Santo Domingo y Compañía de Jesús. Manila, 18 de julio de 1721.


Acompaña:


- Certificación de alumnos matriculados y materias impartidas en las cátedras de Instituta, leyes y cánones de Manila. Manila, 16 de julio de 1721.


 - Carta de la Audiencia: Francisco [de la Cuesta], arzobispo de Manila, José Antonio Pavón y Gregorio Manuel de Villa sobre la erección de tres cátedras de cánones, leyes e Instituta. Manila, 15 de julio de 1721.


Acompaña:


- Traslado nº 2 de las providencias dadas en obedecimiento de las cédulas sobre la erección de tres cátedras de derecho en la ciudad de Manila. Manila, 31 de mayo de 1721.


- Carta de la Audiencia: Francisco [de la Cuesta], arzobispo de Manila, José Antonio Pavón y Gregorio Manuel de Villa, con testimonio nº 16 (que no está), insertando carta de 3 de agosto de 1718 y dando cuenta de la toma de posesión de Julián [Ignacio] de Velasco y de la junta que determinó la formación de constituciones y que se diesen los grados de bachiller, licenciado y doctor en leyes y de bachiller en cánones hasta conseguir bula de su santidad y la conveniencia de la formación de Universidad mayor a que se agreguen las cátedras de teología y artes de los colegios de Santo Tomás y San José. Manila, 15 de julio de 1720.


- Carta de José de Torralba, preso en el Castillo de Santiago, dando cuenta del gasto de 40.000 pesos que ha supuesto la creación de las tres cátedras y el fruto ninguno que se ha conseguido. Manila, 3 de julio de 1721.


 - Carta de la Audiencia de Manila: [Toribio José Miguel de Cossío y Campa], marqués de Torrecampo, José Antonio Pavón, Francisco Martínez y Francisco López Adán repitiendo la carta que inserta de 15 de julio de 1721 sobre erección de cátedras y dando cuenta de las constituciones que se han aprobado, con testimonio nº 1. Manila, 25 de junio de 1722.


Acompaña:


- Traslado nº 1 de los autos y diligencias que se han formado en cumplimiento de las reales cédulas sobre fundación de tres cátedras de cánones y leyes en la ciudad de Manila. Manila, 26 de junio de 1722.


 - Carta de [Toribio José Miguel de Cossío y Campa], marqués de Torrecampo, dando cuenta del excesivo gasto que ha causado el establecimiento de las tres cátedras y para su ahorro representa que se podían erigir en los colegios de la Compañía y Santo Tomás. Manila, 30 de junio de 1722.


 - Testimonio de los autos que precedieron sobre 4122 pesos que reportó la real caja de Filipinas para que remitan los oficiales reales de esta corte como para en lo de adelante anualmente de sueldos y salarios de catedráticos 9.926. México, 23 de enero de 1723.


Vino con carta del marqués de Casafuerte, virrey de Nueva España de 2 de febrero de 1723 (que no está).


- Informe de la Contaduría. Madrid, 31 de mayo de 1724.


- Memorial de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio pidiendo despachos para que sus sucesores no puedan entrar hasta que ellos hayan sido promovidos ni se les desfalque cantidad alguna de sus sueldos. Cámara, 1 de febrero de 1723.


- Memorial de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio pidiendo ser promovidos respectivamente a las plazas de oidor de la Audiencia de México y alcalde del crimen de ella en lugar de las que tenían concedidas. Cámara, 1 de febrero de 1723.


- Extracto para despachar en la cámara el memorial de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio. Sin fecha.


- Acuerdo de la Cámara. Sin fecha.


- Minuta de consulta de la Cámara de Indias proponiendo que no se atienda la petición de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio, catedráticos de prima de leyes y de Instituta de la Universidad de Manila de ser promovidos a las plazas de oidor y alcalde de crimen de la Audiencia de México hasta que las cátedras que ocupan queden provistas por oposición de candidatos competentes. Madrid, 11 de mayo de 1723.


R: Acepta la propuesta y que la cámara consulte el sueldo.


- Resumen de secretaría y nuevo informe del fiscal. Madrid, 22 de octubre de 1723.


- Minuta de consulta de la Cámara de Indias proponiendo asignar 400 pesos anuales de sueldo a la cátedra de prima de leyes y 300 a la de Instituta de la Universidad de Manila, siguiendo la opinión de los catedráticos actuales.


R: Que se asignen 500 a la cátedra de prima de leyes y 400 pesos a la de Instituta.


- Nota de secretaría para el consejo de cámara sobre forma de despachar los títulos de alcalde del crimen y oidor de Guatemala de Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio. Sin fecha.


- Minuta de real cédula al presidente u oidores de la Audiencia de Manila para que dejen pasar a Nueva España a Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio, catedráticos de prima de leyes y de Instituta habiendo sujetos que les sustituyan y que les satisfagan sus sueldos. Aranjuez, 1 de junio de 1724.


- Minuta de real provisión concediendo título de alcalde del crimen de la Audiencia México a Julián [Ignacio] de Velasco, catedrático de prima de Leyes de la Universidad de Manila. Aranjuez, 1 de junio de 1724.


- Dos minutas de real cédula al presidente y oidores de la Real Audiencia de Manila, ordenándole la forma y modo con que se han de proveer las cátedras de prima de leyes y de instituta de la Universidad de esa ciudad, una vez cumplidos los seis años de regencia de sus titulares Julián [Ignacio] de Velasco y Francisco Fernández Toribio, que tras la provisión de dichas cátedras podrán pasar a Nueva España cobrando los sueldos que gozan por razón de sus plazas de oidores. Madrid, 17 de junio de 1724.


- Carta de la Audiencia de Manila: [Toribio José Miguel de Cossío y Campa], marqués de Torrecampo, Francisco Martínez y Francisco López Adán dando cuenta del promoción de Julián [Ignacio] de Velasco a la plaza de alcalde de México y por no haber sido apto ninguno de los opositores se dio la regencia de la cátedra de cánones a Pedro Murillo Velarde, pasando Manuel Antonio de Ocio a la de prima de leyes, depositándolas en el colegio de San Ignacio. Manila, 10 de junio de 1726.


Acompaña:


- Traslado nº 9 de la cédula de 17 de junio de 1724 y diligencias hechas sobre la forma y modo en que se han de proveer las cátedras de prima de leyes y de Instituta de la Universidad. Manila, 10 de junio de 1726.


- Carta de Manuel Antonio de Ocio y Ocampo, Francisco Fernández Toribio y Pedro Murillo Velarde, catedráticos de prima de cánones, leyes, e instituta sobre la providencia de que se leyeran sus cátedras en el colegio de San Ignacio. Manila, 5 de julio de 1726.


- Testimonio de las lecturas que se han hecho y alumnos matriculados en las cátedras de cánones, leyes e Instituta. Manila, 6 de julio de 1726.


- Carta de José Hernández, provincial de la Compañía de Jesús de Filipinas, dando cuenta de hallarse en depósito en el colegio de San Ignacio la Universidad y cátedras que su majestad fundó en Manila y proponiendo la forma en que se puede establecer. Manila, 15 de mayo de 1726.


Acompaña:


- Planta y formación de la Universidad real en Manila, 15 de mayo de 1726


- Carta de Pedro Murillo Velarde dando cuenta de haberle encargado la Audiencia la regencia de la cátedra de prima de cánones y cursantes que tiene. Manila, 12 de junio de 1726.


 - Memorial de Francisco Caballero, apoderado del colegio y Universidad real y pontifica de Santo Tomás pidiendo que se favorezca la pretensión de dicha Universidad removiendo el depósito de Cátedras del Colegio de San Ignacio. Consejo, 31 de octubre de 1727.


Acompaña:


- Carta de la Universidad de Santo Tomás de Manila: Antonio de Gollanes, rector, Juan Álvarez, regente, Hipólito del Río, decano, José Pérez, lector de prima, Juan de Verea, maestro de artes, Manuel de Mora, lector de artes y Ignacio Mariano García, Simón Martínez Osorio, José Gallardo, Diego Francisco de Palacios, Francisco Javier de Ávalos, Pablo de Iturralde, Pedro Salazar, Isidoro de Arévalo, maestros e Inocencio Leytona, secretario dando cuenta de los perjuicios que se les siguen del depósito de las cátedras de leyes y cánones en el Colegio de la Compañía de Jesús. Manila, 28 de junio de 1726.


- Memorial de la Universidad de Santo Tomas pidiendo que se le incorporen las tres cátedras de cánones y leyes y se impetre bula para que dicha Universidad sea pública con estudios generales y facultad de dar grados en todas las ciencias. Manila, 8 de febrero de 1726.


Acompaña:


- Testimonio de las cédulas y bulas pontificias presentadas por la Universidad de Santo Tomás y de lo pedido sobre que se remueva el depósito de las cátedras de leyes e Instituta del colegio de la Compañía de Jesús. Manila, 26 de febrero de 1726.


- Informe del fiscal. Madrid, 25 de febrero de 1728.


- Acuerdo del Consejo. Consejo, 1 de julio de 1728.


- Minuta de consulta del Consejo de Indias proponiendo suspender temporalmente lo dispuesto en consulta de 27 de enero de 1714 de provisión de tres cátedras en Manila, una de prima de cánones, otra de leyes y otra de Instituta, excusándose la fundación de Universidad. Madrid, 12 de julio de 1728.


R.: Acepta la propuesta


  


 

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