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Bulas otorgadas por Inocencio IV, a favor de la orden cisterciense.

Archivo Histórico Nacional

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Bulas otorgadas por Inocencio IV, a favor de la orden cisterciense.

Signatura:

CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.1800,N.16

Fecha Creación:

1245-04-27  -  1247-05-02

Otras Fechas:

s.XIII

Observaciones sobre Otras Fechas Inicial

Fecha del traslado.

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.28079.AHN/10//CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.1800,N.16

Situación en el cuadro de clasificación del archivo:

Archivo Histórico Nacional     3. INSTITUCIONES ECLESIÁSTICAS     3.1. CLERO REGULAR     3.1.2. Órdenes y Congregaciones Religiosas Masculinas     Cistercienses     Monasterio de Santa María de Oia. Cistercienses

Contexto

Nombre del/los productor/es:

Monasterio de Santa María de Oia (Pontevedra, España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Contiene:
1245, abril, 28. Lyon
Inocencio IV manda que no se obligue a los monjes cistercienses a ir a los sínodos y a otras cosas de fuera.
"Datum Lugdunum, IIII kalendas maii, pontificatus nostri anno secundo".

1245, abril, 28. Lyon
Inocencio IV prohibe que los prelados puedan excomulgar a los monjes de la orden.
"Datum Lugdunum, IIII kalendas maii, pontificatus nostri anno secundo".

1245, abril, 27. Lyon
Inocencio IV manda que los prelados no obliguen a los religiosos de la orden a salir a ninguna junta de fuera.
"Datum Lugdunum, V kalendas maii, pontificatus nostri anno secundo".

1245, abril, 27. Lyon
Inocencio IV manda que los monasterios de la orden lleven diezmo en las parroquias donde tengan costumbre de llevarlo, aunque haya cambios en ellas.
"Datum Lugdunum, V kalendas maii, pontificatus nostri anno secundo".

1245, enero, 13. Lyon
Inocencio IV manda que los pleitos que se den entre los religiosos de la orden, se determinen en ella.
"Datum Lugdunum, idus ianuarii, pontificatus nostri anno secundo".

1247, mayo, 2. Lyon
Inocencio IV manda que los obispos ordenen a los monjes de la orden sin examinarlos, excepto a los que hicieren notorio crimen.
"Datum Lugdunum, VI nonas maii, pontificatus nostri anno quarto".
La data no se corresponden con la de la bula original: "Datum Lugdunum, X kalendas iunii, Pontificatus nostri anno quarto".

1245, mayo, 2. Lyon
Inocencio IV manda que la orden no pueda ser visitada por ninguna persona ajena a ella.
"Datum Lugdunum, VI nonas maii, pontificatus nostri anno secundo".
La data no se corresponde con la de la bula original: "Datum Lugdunum, X kalendas iunii, Pontificatus nostri anno quarto".

1245, abril, 29. Lyon
Inocencio IV confirma a la orden todas las libertades, inmunidades, privilegios y gracias concedidas por sus predecesores así como por los emperadores.
"Datum Lugdunum, III kalendas maii, pontificatus nostri anno secundo".

En traslado del siglo XIII.

Condiciones de Acceso y Uso

Lengua/Escritura :

Latín, escritura gótica cursiva.

Índices de Descripción:
Estado de Conservación:

Bueno

Observaciones sobre el Estado de Conservación:

Fragmentado en dos partes y unido mediante cosido.

Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

Unidades Relacionadas por Procedencia:

CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.1800,N.20 CLERO-SECULAR_REGULAR,Car.1800,N.21

 Notas

Notas:

Anotaciones al dorso.

Soporte y Volumen

8 Documento(s) en Pergamino .