Expediente relativo al canje de la moneda dominicana, emisión de nuevos billetes y recogida de los mismos.
ULTRAMAR,3539,Exp.3
1862
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN/16//ULTRAMAR,3539,Exp.3
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Ultramar Hacienda de Santo Domingo Moneda
Ministerio de Ultramar (España)
Entre otros documentos se conservan los siguientes:
-Enero-marzo: Se aprueba la propuesta de comisario regio de recoger la calderilla existente de la antigua República Dominicana, que se valore por peritos y se enajene en pública subasta.
-Febrero, 15: El Ministerio de la Guerra y Ultramar pregunta al de Hacienda si la Fábrica Nacional del Sello puede encargarse de la confección de los billetes-talonarios para Santo Domingo.
-Marzo, 1: El Ministerio de la Guerra y Ultramar traslada al comisario regio el acuerdo del Consejo de Ministros de efectuar con la mayor rapidez posible el canje de papeletas por billetes talonarios al portador por la cantidad de 400.000 pesos fuertes, garantizados por el momento con una reserva metálica de 200.000 pesos fuertes, mitad de oro y mitad en calderilla del sistema decimal. Se comunica también la aceptación de la creación de una Lotería para reintegro de la cantidad que se dedique a la amortización de las papeletas.
-Marzo, 9-27: Se encarga a la Fábrica Nacional del Sello la confección de los billetes-talonarios.
-Abril, 20: El comisario regio fija en 2.000 pesos papel (equivalentes a 8 fuertes) la cantidad mínima admisible al cambio por cada persona, y comunica que está trabajando en la redacción del reglamento de la Lotería.
-Mayo, 6 - junio, 26: En cuatro remesas se remiten a Santo Domingo, a través de Puerto Rico, diez y seis cajones conteniendo los billetes talonarios emitidos por valor de 400.000 pesos fuertes.
-Junio, 13: Se ordena al Ministerio de Hacienda que entregue al de Ultramar 54.827 reales, importe de la cuenta de gastos de la operación de canje, cuyo reintegro se satisfará por la Cajas de Santo Domingo.
-Junio, 29 -julio, 5: En las fragatas "Blanca" y "Princesa de Asturias" se remiten a Santo Domingo los 200.000 pesos fuertes en oro y calderilla. Se indica al comisario regio que ya puede acometer la operación de canje y se le explica la contraseña particular que llevan los billetes para evitar su falsificación.
-Julio, 5: Se dan instrucciones al comisario regio sobre las formalidades a realizar en el canje.
-Julio, 9 - agosto, 11: Las autoridades de Santo Domingo acusan recibido de los billetes enviados.
-Noviembre, 14: El comisario regio comunica la imposibilidad material de cumplir exactamente la orden del 5 de julio sobre anotación del número y fecha de cada papeleta recogida, debido al mal estado de éstas, y dispone que solo se compruebe la autenticidad y cantidad recogida de las mismas.
Digitalizado