Títulos de la deuda pública y juros
Serie
Archivo Histórico de la Nobleza 109. Archivo de los Condes de Villapadierna PATRIMONIO
Condado de Villapadierna
Se incluyen los préstamos a la Corona o al Estado, tanto los juros, o más modernamente Vales reales. La deuda pública responde a la necesidad por parte del estado de financiar el déficit público. Los títulos de deuda pública suponen que durante un tiempo determinado los suscriptores de ésta recibirán un interés explícito de forma periódica hasta que, en el momento de la amortización, se les abone el valor de reembolso que incluye el nominal del título-valor junto a un interés implícito. Estas características generales pueden modificarse por una amortización anticipada o por una emisión de deuda pública perpetua. Su significado primitivo quería decir derecho, dominio o propiedad.
La palabra juro, sobre todo en Castilla, pasó a englobar a todas aquellas pensiones y rentas que el monarca concedía a un individuo o grupo, extraídas de las rentas o beneficios de la propia Corona. Estos pagos podían ser de dos tipos: juros de heredad o perpetuos, llamados así porque eran heredables de padres a hijos; o bien los juros vitalicios, que se concedían sólo de por vida del beneficiario, prescribiendo a la muerte de éste. Relacionado con ello está la serie EXPEDIENTES DE RECONVERSIÓN A TÍTULOS DE DEUDA PÚBLICA.