Libros de registro de fincas y censos.
1856 - 1886
Serie
Archivo Histórico Nacional 2. INSTITUCIONES CONTEMPORÁNEAS 2.3. Poder Ejecutivo 2.3.1. Administración General del Estado. Administración Central Ministerio de Hacienda Dirección General de Propiedades
Ministerio de Hacienda (España)
La Instrucción de 31 de mayo de 1855 para el cumplimiento de la Ley de 1 de mayo de ese año establecía en su artículo 37: "Los comisionados principales formarán inventarios separados de las fincas rústicas, urbanas, censos y foros de que se incauten, señalando el número correlativo ó de órden para cada clase, la procedencia respectiva, la situación, los linderos, y calidad de las fincas, las cargas á que se hallen afectas y el capital que estas representen, con sujeción á los modelos núm.2".
Una vez realizados los inventarios, los comisionados tenían la obligación de remitirlos a la Dirección General de Ventas de Bienes Nacionales para la apertura de los libros de registro, que tenían que ser exactamente iguales en cada una de las provincias (art.39 de la citada Instrucción), y que son los que forman esta serie de libros de registro de fincas y censos.
El Archivo Histórico Nacional conserva únicamente los libros de las provincias correspondientes al intervalo alfabético Álava-Córdoba, estando, además, algunos de ellos en blanco.
La serie comprende las signaturas: FC-Mº_HACIENDA,L.4376 a L.4392.
Español. Manuscrito e impreso.
MALO