Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo
1940 - 1963
Fondo
ES./6
Centro Documental de la Memoria Histórica Jurisdicción especial para la represión de la masonería y el comunismo
El Tribunal Especial para la Represión la Masonería y el Comunismo fue disuelto según lo dispuesto en la disposición final cuarta de la Ley 154/1963, la misma por la que se creaba el Tribunal de Orden Público, que heredó sus competencias. Por el Decreto 248/1964 de 8 de febrero se llevaba a efecto la supresión del tribunal, que fue sustituido por una comisión liquidadora con la función de resolver los recursos de revisión y las cuestiones incidentales relacionados con los procedimientos aún no concluidos. La comisión liquidadora fue suprimida a su vez por el Decreto 126/1971, de 21 de enero, en cuyo artículo 3 se decía que el archivo del tribunal debía ser entregado a los Servicios Documentales de la Presidencia del Gobierno. El fondo documental ingresó en el archivo de Salamanca en 1971.
El artículo 12 de la Ley de represión de la masonería y el comunismo, de 1 de marzo de 1940 (B.O.E. n 62, de 2 de marzo), establece su creación y composición: un presidente, un general del Ejército, un jerarca de Falange y dos letrados, todos ellos nombrados por el Jefe del Estado. Su primer presidente fue Marcelino de Ulibarri (Decreto de 4 de junio de 1940), poniendo de esta forma en íntima conexión el tribunal con el organismo que habría de facilitarle la información para juzgar a las personas: Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos. Esta ligazón queda de manifiesto con la creación en Salamanca de una oficina provisional del tribunal que funcionó en la Sección Especial, aunque independiente de ella. Allí se creó un archivo de expedientes personales, que posteriormente pasó a depender del responsable de la Delegación Nacional de Servicios Documentales, quien continuamente le enviará informes para abrir los correspondientes expedientes judiciales. Se trata de una jurisdicción especial, bajo la dependencia de la Presidencia del Gobierno, que juzgaba los delitos tipificados por la ley (masonería y comunismo). Por decreto de 31 de marzo de 1941 cesa como Presidente Marcelino de Ulibarri pasando a desempeñar el puesto de vocal-ponente, y es sustituído por don Andrés Saliquet Zumeta. En 1941 comenzó el funcionamiento efectivo del tribunal centrándose sus dos juzgados en atender al delito de masonería. No será hasta 1942 cuando se constituya un tercer juzgado que inicie los procesos por comunismo. En 1963 se suprime el tribunal y se forma una Comisión Liquidadora del mismo que funciona hasta 1971.
Tribunal Especial para la Represión de la Masonería y el Comunismo (España)
El núcleo básico de la documentación de este fondo documental lo constituye la serie de los expedientes de las causas contra las personas incoadas por los delitos propios de esta jurisdicción. El archivo y custodia de esta serie no dependía de la Secretaría sino directamente del propio Tribunal. Por su parte, la secretaría se encargaba de la custodia de la los libros de sentencias y diarios de sesiones que generaba el tribunal. Junto a estos, hay que destacar el propio Servicio de Ejecutorias con que se dotó el Tribunal y la actividad del Vocal ponente del mismo que durante su ocupación por Marcelino Ulibarri tuvo gran importancia en la génesis de este organismo, dado la coincidencia con la dirección de la Delegación del Estado para la Recuperación de Documentos (DERD. Por último hay que destacar, la oficina auxiliar que el tribunal destacó en Salamanca y que era la mencionada DERD.