Registros de despachos del secretario del Consejo de Órdenes. Calatrava y Alcántara, 1576-1836
1576 - 1836
Serie
Archivo Histórico Nacional 1. INSTITUCIONES DEL ANTIGUO RÉGIMEN 1.1. INSTITUCIONES DE LA MONARQUÍA Consejo de Órdenes
El registro de estos despachos del secretario del Consejo, unidos en un principio a los de la Orden de Santiago, se inicia en 1571, momento en que el secretario Martín de Gaztelu asume de hecho las dos secretarías del Consejo: de Santiago y de Calatrava y Alcántara. En 1576 con el nombramiento de Gaztelu como secretario único se abre un registro para Santiago y se continúa asentando sólo despachos de Calatrava y Alcántara en el registro de las tres Órdenes (OM,L.200, fol. 122v) hasta el final del mismo: "Este libro se acaba y comienza otro desde 1º de enero de 1582 destas dos Ordenes de Calatrava y Alcántara". Véase además la serie de "Registros de despachos de Santiago, Calatrava y Alcántara" OM,L.199-200 (1571-1581). A partir de 1777 se registran los asuntos de cada Orden por separado. En los libros OM,L.243-251 y L.1386 (1777-1911) se asientan los despachos de la Orden de Calatrava y en los libros OM,L.252-258 y L.1388 (1778-1912), los despachos de la Orden de Alcántara. Véase además el "Registro de títulos, cédulas y provisiones de Calatrava y Alcántara": OM,L.26 y L.323-339 (1507-1565). A partir de 1713 y hasta 1715 con los Decretos de Nueva Planta, la secretaría se ocupará de los juramentos de los cargos del Consejo que correspondían a las escribanías de cámara. "En virtud de Decreto de S.M. de diez de noviembre de 1713 que fue el de la Nueva Planta se hicieron por Secretaría todos los juramentos que se ofrecieron en el Consejo hasta fin del año pasado de 1715 por cuia razón no están asentados en este libro.." (OM,L.986, f. 133r. ) Véase los "Libros de Juramentos de los Señores del Consejo, alcaldes mayores y demás subalternos": OM,L.985-987 y L.1402 (1648-1815), de la escribanía de cámara. No se asienta ningún despacho en el período comprendido entre 1809 y 1814. Los despachos de 1814 corresponden al Tribunal Especial de las Órdenes hasta el 8 de septiembre en que se restablece el Consejo de las Órdenes. Los despachos correspondientes al período comprendido entre el 3 de junio de 1820 y el 24 de marzo de 1824, pertenecen al Tribunal Especial de las Órdenes. A partir del 27 de septiembre de 1836 se adscribe al Tribunal Especial de las Órdenes. El 2 de noviembre de 1868 el Tribunal se refunde en la Sala segunda del Tribunal Supremo de Justicia hasta que el 14 de abril se restablece el Tribunal Especial; El 1 de agosto de 1876 se constituye el Tribunal Metropolitano y Consejo de Ordenes. No se registran despachos desde 1868 a 1877
Consejo de Órdenes (España)
OM,L.200-258, L.1386 y L.1388
Contienen un índice onomástico, salvo los 14 primeros libros.
Álvarez-Coca González, María Jesús, "El Consejo de las Ordenes Militares", Cuadernos de Historia Moderna. Universidad Complutense de Madrid 15 (1994), pp. 297-323. http://revistas.ucm.es/ghi/02144018/articulos/CHMO9494110297A.PDF
Álvarez-Coca González, María Jesús, "La concesión de hábitos de caballeros de las Ordenes Militares: procedimiento y reflejo documental (s. XVI-XIX)", Cuadernos de Historia Moderna. Universidad Complutense de Madrid 14 (1993), pp. 277-297. http://revistas.ucm.es/ghi/02144018/articulos/CHMO9393110277A.PDF
Álvarez-Coca González, María Jesús, "El Consejo de las Ordenes y el Archivo Histórico Nacional: historia de una excepción al sistema archivístico de la Administración", en Las Órdenes Militares en la Península Ibérica: actas del Congreso Internacional de las Órdenes Militares en la Península Ibérica (Ciudad Real. 1996), vol.II. Edad Moderna, Cuenca, Ediciones de la Universidad de Castilla-La Mancha, 2000, pp. 1235-1268.