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A Andrés de Medina, receptor de bienes confiscados a herejes en el obispado de Córdoba y en Ecija, que cumpla la carta que va inserta -su fecha: Medina del Campo, 12 Mayo 1494-,en la que se concedía de merced 2.700 maravedís de censo, o su valor en otros bienes del citado cargo de receptor a fin de ayudar al casamiento de Beatriz, Mencía y Leonor, doncellas, hijas de Alonso González Cano, ya difunto, vecino que fue de la dicha ciudad de Ecija, condenado por hereje
Archivo General de Simancas, RGS,LEG,149507,198
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