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A petición del deán, cabildo y clérigos de Mondoñedo se inhibe al gobernador y alcaldes mayores de Galicia en el conocimiento del derecho que tienen a coger los votos del citado obispado de Mondoñedo en los lugares anejos a su dignidad o beneficio, porque los citados gobernador y alcaldes habían dado ciertos mandamientos para que los dichos votos fuesen cobrados por el Deán y Cabildo de Santiago
Archivo General de Simancas, RGS,LEG,149611,89
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