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Copia dada por el escribano Francisco de Monterubio de una ordenanza y acuerdo librado por el concejo de la villa de Grañón (La Rioja), relativo a que tanto los forasteros que se casen como los que se vayan a vivir a dicha villa paguen fianzas de vecindad, conforme a las leyes pragmáticas reales.
Archivo Histórico de la Nobleza, OSUNA,C.321,D.112
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