Concepto/Objeto/Acontecimiento
Visitas ad liminaTérmino no preferente
ad límina.
1. loc. adj. Dicho de una visita: Que los obispos diocesanos deben cumplimentar al Papa cada cinco años.
Regulada por el Código de Derecho Canónico en los Cánones 399 y 400.
Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española