Concepto/Objeto/Acontecimiento
Atentados contra la autoridadTérmino preferente equivalente (otro idioma) Término no preferente
En la jurisprudencia anterior al código penal en vigor , en especial el Código Penal de 1870 - tal y como se recoge en el Alcubilla- los delitos de atentado, desacato, amenazas contra la autoridad y sus agentes estaban recogidos en los artículos 266 a 270.
En la actualidad en España, los atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, delitos de resistencia y desobediencia están recogidos en el Título XXII, Delitos contra el Orden público, en el capítulo II art. 550-556.
Usese este TP cuando no es posible diferenciar los terminos desacato, injurias, insultos, ataque a la autoridad o aparecen unidos.
Martínez Alcubilla, Diccionario de la Administración Española, 1868. p.35-43.
Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.