Concepto/Objeto/Acontecimiento
Término usado en la Corona de Aragón, como obligación hecha sin notario o escribano a favor de alguno por débito u otra cualquier causa como es un vale o papel firmado.
Albarán: (Del ár. hisp. albará, y este del ár. clás. bar'àah).
3. m. albalá (documento público).
Albalá (Cf. albarán). 1. amb. Carta o cédula real en que se concedía alguna merced, o se proveía otra cosa.
2. Documento público o privado en que se hacía constar algo.
Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española
Diccionario de autoridades (1726): Albarán. p. 162.