Concepto/Objeto/Acontecimiento
Cartas de seguroTérmino no preferente
Tipo documental que refleja una realidad jurídica recogida en las Partidas (III Partida, Título XVIII, Ley XVIII), por el cual el rey toma bajo su protección y amparo a un individuo (Forma securitatis et protectionis a Rege alicui concessae); tales cartas sólo podían ser concedidas por el monarca (Nullus alius poteit tales litteras concedere).
~ de amparo.
1. f. En el antiguo derecho, la que daba el rey a alguien, estatuyendo las duras penas con que podría ser castigado quien le ofendiese.
Partidas: III Partida, Título XVIII, Ley XVIII
Diccionario de la Lengua Española. Real Academia Española