Institución
Tribunal de Garantías Constitucionales (España)Otras formas
desde 1931 hasta 1939
El Tribunal de Garantías Constitucionales de la II República Española fue creado por la Constitución de 9 de diciembre de 1931 que establecía en su artículo 121: "con jurisdicción en todo el territorio de la República, un Tribunal de Garantías Constitucionales".
En 1933 se promulgó la Ley Orgánica del Tribunal de 14 de junio de 1933, que optaba por un modelo de justicia constitucional inspirado esencialmente en el austríaco.
Los tribunales constitucionales fueron una creación europea y el Tribunal Constitucional austríaco fue el primero en crearse en 1919, inspirado en Hans Kelsen. Después, en 1920 se creó el de Checoslovaquia y el tribunal español fue el tercero.
Su primer presidente fue Álvaro de Albornoz Liminiana, elegido por las Cortes el 3 de julio de 1933, dimitiendo del cargo el 9 de octubre de 1934. Fue sustituido por Fernando Gasset Lacasaña, elegido por las Cortes el 21 de diciembre de 1934, dimitiendo 27 de agosto de 1936. A partir de ese momento ejerce las funciones el vicepresidente primero, Pedro Vargas Guerendiain, que las ejercerá durante toda la Guerra Civil. El Tribunal será suprimido con el franquismo.
Fecha del evento: 1936 - 1939
El artículo 122 de la Constitución española de 1931 establecía la composición del Tribunal de Garantías Constitucionales: Un presidente designado por el Parlamento, fuera o no Diputado. El presidente del alto Cuerpo consultivo de la República a que se refería el art. 93 de la Constitución. El presidente del Tribunal de Cuentas. Dos Diputados libremente elegidos por las Cortes. Un representante por cada una de las Regiones españolas, elegido en la forma que determinase la ley. Ante la inexistencia de gobiernos autonómicos en las Regiones que no se hubieran configurado como autónomas, se optó por atribuir su elección a los Ayuntamientos. Dos miembros nombrados electivamente por todos los Colegios de Abogados. Cuatro profesores de la Facultad de Derecho, designados por el mismo procedimiento entre todas las de España.