Concepto/Objeto/Acontecimiento
Comisos de navíosTérmino no preferente
1 . Pen. Pena accesoria al delito de contrabando, que supone la privación a su poseedor de las mercancías objeto del contrabando, la maquinaria empleada en la fabricación de géneros prohibidos, los medios de transportes con los que se realice el delito, las ganancias obtenidas del contrabando.
Ley de Contrabando 12/1995, de 12-XII,arts. 5, modificado por la Ley 6/2011,