Expedientes sobre desórdenes del comercio de Filipinas

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Expedientes sobre desórdenes del comercio de Filipinas

Signatura:

FILIPINAS,940,N.1

Fecha Creación:

1740 , Manila (Luzón, Filipinas)  -  1768

Fecha Formación:

1769

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.41091.AGI/24//FILIPINAS,940,N.1

Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Expedientes remitidos a la Junta celebrada en la posada del presidente del Consejo de Indias para consultar sobre los desórdenes del comercio de Filipinas y conveniencia del comercio directo con la Península, devueltos a la secretaría de Estado. Continúa en FILIPINAS, 941,N.1. La documentación de trámite, consultas resultantes y otros documentos relacionados se conservan en ULTRAMAR,641 y 642

Expedientes sobre almojarifazgo:

- Índice de los documentos de que se compone el expediente formado en cuanto a exacción del derecho de almojarifazgo en Filipinas. Madrid, 22 de noviembre de 1768. Sirvieron de base para la consulta de 10 de diciembre de 1768.

(Los documentos siguen el orden en el que los expone la consulta de la Junta)

Los documentos examinados en la junta son los siguientes:

Antecedentes

- Extracto.

A- Carta de Juan de Arechederra, obispo de Nueva Segovia, gobernador de Filipinas, dando cuenta con testimonio de las diligencias que se evacuaron al arribo de una embarcación del reino de Siam, cuyo capitán traía cartas del primer ministro de aquel reino y de fray José de la Cruz, vicario apostólico, referentes a restablecer el antiguo comercio, y que en su vista se tomó la deliberación de relevarle de los derechos de almojarifazgo, según las capitulaciones de 1718. Manila, 4 de junio de 1748.

Acompaña:

- Traslado de las diligencias que precedieron sobre la visita del barco nombrado San Francisco Javier, que vino del reino de Siam a cargo de su capitán Bartolomé de Olivera. Manila, 18 de julio de 1748.

F- Informe del fiscal. Madrid, 12 de febrero de 1752.

G- Informe del fiscal. Madrid, 6 de abril de 1752.

Extracto del expediente sobre haber los gobernadores de Filipinas libertado de la paga de almojarifazgo a las embarcaciones del reino de Siam.

Contiene:

Antecedentes

- Real orden comunicada por el marqués de la Ensenada a José de Carvajal y Lancaster remitiendo ocho representaciones del gobernador de Filipinas y una de la ciudad. Buen Retiro, 20 de marzo de 1754.

- Carta del marqués de Ovando, gobernador de Filipinas, dando cuenta de lo capitulado con el reino de Siam en la embajada de 1718 de no cobrarse recíprocamente almojarifazgo a los navíos de uno y otro comercio y del interés de seguir con esta práctica por haber despachado dos comisarios para la fábrica en Siam de un navío que se paga con el proyecto de compañía que ha dispuesto de cien acciones a 300 pesos por individuo, en la que participa con sus ministros. Manila, 15 de junio de 1752.

I - Carta de José Joaquín Merino de Ribera, fiscal de la Audiencia de Manila sobre la llegada de un barco procedente del reino de Siam. Manila, 15 de junio de 1752.

Acompaña:

- Testimonio de la llegada del patache San Vicente Ferrer a cargo del capitán Francisco Javier Cardoso procedente del reino de Siam. Manila, 13 de abril de 1752.

- Copia de carta de 10 de enero de 1750 de Juan de Loriere, obispo francés de Siam, sobre la falsedad con que se ha portado el barlacan de Siam con los vecinos de Manila.

- Copia de carta de 1 de junio de 1751 de Juan Loriere, obispo francés, dando noticias directas de Siam.

J - Informe del fiscal. Madrid, 19 de enero de 1754.

- Informe del fiscal. Madrid, 18 de abril de 1755.

- Nota de secretaría y decreto del Consejo. Consejo, 26 de abril de 1755.

- Nota de secretaría.

- Real orden comunicada por Julián de Arriaga a José Ignacio de Goyeneche para que se vea la carta del gobernador de Filipinas sobre relevación del derecho de almojarifazgo de un barco de Siam. Buen Retiro, 21 de octubre de 1757.

- Carta de Pedro Manuel de Arandia, gobernador de Filipinas, dando cuenta del recibo de la cédula sobre la desaprobación de la exención de almojarifazgo al navío San Francisco Javier del capitán Bartolomé de Olivera e informando de la gran utilidad del hierro, plomo, estoraque y otras drogas que se conducen de Siam por su corto precio. Manila, 13 de julio de 1756.

Acompaña:

- Testimonio de la real cédula de 1 de agosto de 1752 en que su majestad desaprueba lo operado sobre la relevación de la paga del derecho de almojarifazgo de los géneros conducidos en la embarcación del reino de Siam que aportó en Filipinas. Manila, 10 de mayo de 1756.

H - Minuta de real cédula al gobernador de Filipinas, previniéndole sobre la desaprobación de lo ejecutado por su antecesor, al relevar del pago del almojarifazgo los géneros conducidos en una embarcación del reino de Siam, llamada San Francisco Javier, que llegó a aquellas islas al mando del capitán Bartolomé de Olivera, en razón de las capitulaciones de comercio de 1718 por las que según él se permitía el comercio con dicho reino y de dos cartas que le traía, una del primer ministro de reino de Siam y otra de fray José de la Cruz, vicario apostólico en él, por lo que le ordena remitir, testimoniadas, las mencionadas capitulaciones, dando cuenta individual de las razones en las que se fundó su antecesor para realizar la citada relevación. Buen Retiro, 1 de julio de 1752.

- Informe del fiscal. Madrid, 13 de diciembre de 1757.

1- Real orden comunicada por Julián de Arriaga al duque de Alba remitiendo representación de la ciudad de Manila. Buen Retiro, 19 de agosto de 1758.

2- Carpetilla de testimonio remitido por el gobernador con su carta de 13 de julio de 1756. V. supra.

3- Carpetilla de dos minutas de real cédula de 1 de julio de 1755. Vide Infra.

4- Minuta de consulta del Consejo de Indias sobre la representación del gobernador de Filipinas de 13 de julio de 1756 acerca de la orden en que se desaprobó la relevación del derecho de almojarifazgo a un barco del reino de Siam y que informaría sobre los puntos que se le encargan, proponiendo esperar el informe que ofrece el gobernador y le está mandado en cédula de 1 de julio de 1755. Madrid, 30 de enero de 1758.

R: Acepta la propuesta.

5- Carta de la ciudad de Manila: Fernando Anselmo de Robredo, José Rodríguez de Ortigosa, José Antonio de Memige y Quirós, Juan de Araneta, Esteban Sánchez de Movellán, Juan Ignacio de Monterroso, Antonio Díaz Conde, Manuel Fernández Toribio, José Pasarin, Carlos Manuel Velarde, Sebastián Espinosa de los Monteros pidiendo la revocación de la cédula que previene que para la paga del derecho de almojarifazgo se haga reconocimiento formal y fondeo de la carga que trajeren las embarcaciones y se cargue a los capitanes un ocho por ciento de lo que resultase de los géneros que trajesen. Manila, 16 de julio de 1757.

6- Carta de Pedro Manuel de Arandia, gobernador de Filipinas, a Julián de Arriaga sobre haber dispuesto que el almojarifazgo sea del ocho por ciento y maravillándose de que el Consejo expida cédula sobre asunto del que está inhibido. Manila, 24 de julio de 1757.

Acompaña:

- Primera pieza: Testimonio de la cédula de 1 de julio de 1755 que desaprueba la relevación de la paga de Almojarifazgo a las embarcaciones de Siam y ordena lo que se ha de practicar con ellas.como así mismo viene desaprobando la compañía formada para la fábrica del navío que se construyo en Siam de que pide el costo que tuvo, su calidad y porte. Manila, 5 de julio de 1757.

- Segunda pieza: Testimonio de la representación hecha por la ciudad y comercio de Manila en punto al ocho por ciento de derechos de almojarifazgo, con lo representado por el señor fiscal. Manila, 14 de junio de 1757.

7- Carta de José Joaquín Merino de Ribera, fiscal de la Audiencia de Manila, dando cuenta de no haber permitido el gobernador que se ponga en práctica lo ordenado en la cédula de 1 de julio de 1755. Manila, 5 de julio de 1757.

Acompaña:

- Testimonio por el cual consta la visita y ajustes de derechos reales de almojarifazgo que se hicieron sobre los géneros del patache nombrado Nuestra Señora de la Soledad, perteneciente a Nicolás Felipe Rodríguez, sin que se observase el método predefinido por la cédula de 1 de julio de 1755. Manila, 6 de julio de 1757. Va cosido:

- Testimonio de los ajustes de derechos de las embarcaciones que entraron desde 1751 a 1756. Manila, 9 de julio de 1757.

8- Carta de José Joaquín Merino de Ribera, fiscal de la Audiencia de Manila, dando cuenta del modo de cumplirse el despacho de sobre el registro de los géneros y el que convendría observarse en las visitas y ajustes para el cobro de derechos por el fraude que cometen los vecinos de Manila en las avaluaciones. Refiere el desprecio con que el gobernador recibió el escrito que le presentó a favor de los derechos reales. Manila, 10 de junio de 1757.

Acompaña:

- Testimonio de la visita del champán Jocseng a cargo del capitán Lim Siqua y de otras embarcaciones llegadas a Manila. Incluye mapa y razón de los precios de avalúo de los géneros y de venta en el parián. Manila, 15 de junio de 1757.

9- Minuta de consulta del Consejo de Indias haciendo presente las frecuentes dudas que se ofrecen a los ministros de Filipinas en la exacción del derecho de almojarifazgo y del dos y medio por ciento de los géneros que sacan para reinos extraños, haciendo recuerdo de las consultas que se hallan sin resolver sobre este particular. Madrid, 25 de septiembre de 1755.

R.: Sin resolución.

- Informe del fiscal. Madrid, 22 de octubre de 1758. Por duplicado.

- Memorial de Tomás Sánchez Bernardo de Quirós, diputado de la ciudad y comercio de Manila, pidiendo que no se altere la práctica antigua en el asunto de los almojarifazgos. Consejo, 5 de diciembre de 1758.

- Cómputo de los costos de una embarcación de 400 o 500 toneladas. Sin fecha.

- Informe del fiscal. Madrid, 22 de febrero de 1759. Por duplicado

- Consulta del Consejo de Indias sobre el derecho de almojarifazgo proponiendo que se asigne a regla fija un seis por ciento a las mercaderías conducidas por naciones asiáticas y un cinco a las conducidas por embarcaciones propias, reduciéndose los seis primeros años al cuatro y tres por ciento respectivamente. Madrid, 28 de mayo de 1759.

R.: Acepta la propuesta.

- Minuta de real cédula al gobernador de Filipinas previniéndole que no se fabrique la casa o almacén que propuso para la manifestación de las mercaderías y ordenándole que cuide que se exijan los derechos que están fijados. San Ildefonso, 20 de julio de 1737.

- Minuta de real cédula al gobernador de Filipinas, aprobándole las órdenes y providencias que dio para el ajuste de los derechos de almojarifazgo que se cobran de las mercaderías que transportan las embarcaciones que van a comerciar en aquellas islas, y ordenándole que haga cumplir la cédula de 20 de julio de 1737 para que no se construya la casa o almacén (aduana) que se le había propuesto, y que mantenga con el fiscal de aquella Audiencia la buena correspondencia que se requiere, solicitando para el mayor aumento de la Real Hacienda que las visitas de los navíos y embarcaciones extranjeras se hagan con el debido cuidado y aplicación. Aranjuez, 3 de mayo de 1741.

- Minuta de real cédula al fiscal de la Audiencia de Manila, participándole que por otro despacho de este mismo día han sido aprobadas las providencias y órdenes dadas por el gobernador de esas islas sobre el ajuste del derecho de almojarifazgo de las mercaderías transportadas en embarcaciones que van a comerciar a esas islas, y ordenándole que haga cumplir la cédula de 20 de julio de 1737 para que no se ejecute la fábrica de la casa o almacén (aduana) que se había propuesto y para que mantenga con el gobernador de esas islas la buena correspondencia que se requiere, solicitando para el mayor aumento de la Real Hacienda que las visitas y reconocimientos del buque de las citadas embarcaciones se haga con el debido cuidado y aplicación. Aranjuez, 3 de mayo de 1741.

- Minuta de real cédula a Gaspar de la Torre, gobernador de Filipinas, ordenándole informar sobre la conveniencia o no de alterar la práctica observada en la cobranza del 8% de los derechos de almojarifazgo y su modo de regulación, o si sería más conveniente reducirlos a un 5%, haciéndose rigurosas visitas y evaluaciones de los géneros en una casa de aduanas, como propuso su antecesor en el cargo, expresando en este caso los caudales y efectos necesarios para su fábrica. Asimismo se le ordena informar sobre la cantidad con que cada año se regula el 1% de los derechos de salida, con expresión de los géneros y el uso que de ellos se hace en esas islas y en China, y sobre el recurso que ante ese gobierno hizo Domingo Antonio de Otero Bermúdez, dueño del patache Nuestra Señora de Caldas, por habérsele prohibido viajar al reino de Cantón, por si este comercio estuviera permitido por orden especial, a pesar de lo dispuesto en contrario en la Recopilación de leyes de Indias. Aranjuez, 3 de mayo de 1741.

Expediente originado en carta de Francisco Leandro de Viana sobre método de ajustar con más aumento el almojarifazgo.

Contiene:

- Extracto.

- Copia de carta de 4 de mayo de 1760 de Francisco Leandro de Viana, fiscal de la Audiencia de Manila, informando sobre el método de ajustar los derechos de almojarifazgo, la falsedad de los libros de sobordo y de los juramentos que hacen los capitanes de los barcos y el perjuicio para la real Hacienda.

- Nota de secretaría sobre haberse remitido el original a Julián de Arriaga.

- Testimonio de la visita del barco Nuestra Señora de la Soledad. Manila, 10 de junio de 1760. Testimonio de los barcos, sus medidas y tripulaciones. Manila, 4 de febrero de 1760. Razón de los costos que tendrá un barco de 36 codos. Sin fecha.

Va cosido:

- Parte de las proporciones y medidas de la construcción de embarcaciones finas y las suficientes para venir en conocimiento del buque por tonelada y por pieza de ocho en tonelada. Gran formato: 480x385

- Informe del fiscal. Madrid, 29 de diciembre de 1761.

- Expediente originado en carta de la Audiencia que satisface el informe que se le pidió con expresión de las cantidades que se deben exigir de almojarifazgo.

- Carta de la Audiencia de Manila: Francisco Enríquez de Villacorta, Manuel Galbán y Ventura y Simón de Anda Salazar dando cuenta del recibo de la cédula de 7 de septiembre de 1760. Manila, 23 de agosto de 1765.

- Carta de la Audiencia de Manila: Francisco Enríquez de Villacorta, Manuel Galbán y Ventura y Simón de Anda Salazar dando cuenta de que los medios que discurren menos arriesgados para evitar fraudes son que asista el fiscal y oficiales reales a la visita y descarga de embarcaciones, añadiendo que convendrá que los vasallos de su majestad paguen el 5% y los extranjeros el 7%. Manila, 28 de julio de 1766.

Acompaña:

- Traslado nº 11 de la cédula de 27 de septiembre de 1760 en que ordena a la Audiencia que en vista del cómputo o plan que ha presentado el diputado del comercio de estas islas, informe lo que se le ofreciere para aplicar la regla fija que ha de observarse en el tanto por ciento que deberán pagar de almojarifazgo los géneros que condujeren a estos reinos. Manila, 28 de julio de 1766.

- Informe del fiscal. Madrid, 10 de mayo de 1768.

- Testigo de haberse sacado en 4 de mayo de 1775 para Manuel de Ribera la carta de la Audiencia de 28 de julio de 1766, informe de la contaduría, informe del fiscal y carta del fiscal de 4 de mayo de 1760

- Real orden comunicada por Julián de Arriaga al marqués de San Juan de Piedras Albas remitiendo dos cartas del cabildo eclesiástico de Manila. San Ildefonso, 30 de julio de 1767.

Acompaña:

- Carta nº 3 del Cabildo eclesiástico de Manila en sede vacante: Vicente Ibarra, Juan Sánchez Bernardo de Quirós, Miguel José Cortés de Arredondo y Oriosolo, Esteban de Rojas y Melo, Juan Antonio de Lanz y Aranaz, José Tomás Quesada, Mateo Joaquín Rubio de Arévalo, José Antonio Pimentel de Sotomayor informando sobre la carta de 4 de junio de 1760 de Francisco Leandro de Viana a cerca de los derechos que deben cobrarse de almojarifazgo a españoles y extranjeros. Manila, 20 de agosto de 1765.

- Carta nº 5 del Cabildo eclesiástico de Manila en sede vacante: Vicente de Ibarra, Juan Sánchez Bernardo de Quirós, Miguel José Cortés de Arredondo y Oriosolo, Esteban de Rojas y Melo, Juan Antonio de Lanz y Aranaz, José Tomás Quesada, Mateo Joaquín Rubio de Arévalo, José Antonio Pimentel de Sotomayor informando sobre la carta de 5 de junio de 1760 de Francisco Leandro de Viana. Manila, 22 de agosto de 1765.

- Real orden comunicada por Julián de Arriaga al marqués de San Juan de Piedras Albas con carta de los oficiales reales sobre modo de registrar y avaluar cargas. Aranjuez, 18 de junio de 1767.

- Carta de lo oficiales reales de Filipinas: Fernando Carabeo Bolaño y Juan Francisco Romay dando cuenta del informe y consulta que hicieron al gobernador sobre el modo de visitar, registrar y avaluar las cargas de las embarcaciones que vienen de la costa oriental y reinos de China. Manila, 23 de julio de 1766.

Acompaña:

- Testimonio de la cédula de 27 de septiembre de 1760 para que se cobre un cinco por ciento de almojarifazgo de todos los géneros y efectos conducidos por las naciones asiáticas y un tres por ciento a los vecinos y comerciantes de Manila. Manila, 8 de junio de 1766.

- Testimonio sobre que se exija un cinco por ciento de derechos de almojarifazgo a las embarcaciones asiáticas. Manila, 18 de junio de 1766.

- Testimonio del informe y consulta en consecuencia de la real cédula que regla el derecho de almojarifazgo. Manila, 28 de julio de 1766.

- Avalúo de los géneros que llevaron las naves de China el año 1767. Manila, 23 de julio de 1767.

- Informe de la Contaduría. Madrid, 13 de agosto de 1767.

- Informe de la Contaduría. Madrid, 19 de septiembre de 1768.

- Nota sobre cómputo de los costos de una embarcación de 400 o 500 toneladas. Sacado del cómputo original. Madrid, 25 de septiembre de 1760. Vide supra.

- Informe del fiscal. Madrid, 29 de septiembre de1768.

- Consulta de la Junta formada para el reconocimiento de los desórdenes del comercio de Filipinas y establecimiento del comercio directo desde España, proponiendo que se imponga por regla fija la contribución de un tres por ciento a los vecinos y comerciantes de Filipinas y un seis a los extranjeros estableciéndose reglas para la seguridad de la cobranza y evitar fraudes en su regulación. Madrid, 10 de diciembre de 1768.

R.: Acepta la propuesta.

Otro expediente sobre almojarifazgo.

- Extracto general del expediente sobre el derecho de almojarifazgo:

- Extracto.

- Carta de José Joaquín Merino de Ribera, fiscal de la Audiencia de Manila, dando cuenta de la visita y avalúo de las mercaderías de dos barcos llegados a Cavite y ajuste del derecho de almojarifazgo y del perjuicio que se sigue de lo practicado hasta ahora. Manila, 2 de julio de 1751.

- Informe del fiscal. Madrid, 16 de octubre de 1752.

2ª- Minuta de consulta del Consejo de Indias sobre lo que ha representado el fiscal de la Audiencia de Manila acerca de los perjuicios que se siguen de la poca formalidad con que se hacen los avalúos y ajustes del derecho de almojarifazgo. Madrid, 12 de diciembre de 1752.

R.: Sin resolución

- Extracto

- Carta del marqués de Ovando, gobernador de Filipinas, dando cuenta con testimonio de la petición del tribunal de real Hacienda de que se cobre el dos y medio por ciento de almojarifazgo de los frutos de la tierra que conducen las embarcaciones mercantiles asiáticas a la tornavuelta de su viaje, en conformidad con la Ley 13, título 15, libro 8 de la Recopilación de Indias, como se hizo en el gobierno de Fernando Valdés Tamón. Manila, 14 de junio de 1752.

Acompaña:

- Traslado de las diligencias ejecutadas a representación de los oficiales reales sobre el dos y medio por ciento que deben pagar los extranjeros de los frutos y otros géneros que extraen de estas islas para fuera de ellas. Manila, 14 de junio de 1752.

- Informe del fiscal. Madrid, 15 de junio de 1754.

3ª- Minuta de consulta del Consejo de Indias sobre la carta del gobernador de Filipinas de 14 de junio de 1752 dando cuenta, a pesar del informe fiscal que remite, de que no puede consultar sobre la dependencia de la cobranza del dos y medio por ciento de almojarifazgo por ser uno de los puntos de la consulta sobre el proyecto de Ricardo Bagge cuya resolución mandaba pasar a la secretaría del despacho todos los documentos. Madrid, 11 de septiembre de 1754.

R.: Sin resolución

4ª - Carta de los oficiales reales de Filipinas: Miguel Antonio de Santisteban, Fernando Carabeo Bolaño y Manuel Suárez López sobre que los capitanes de las embarcaciones de mar en fuera paguen el dos y medio por ciento por los géneros y frutos del país que se llevan de tornaviaje. Manila, 1 de julio de 1753.

Acompaña:

- Testimonio de lo resuelto en Junta de real Hacienda sobre derechos por los géneros del país. Manila, 6 de julio de 1753.

5ª- Carta de José Joaquín Merino de Ribera, fiscal de la Audiencia de Manila, dando cuenta de que se permite a los sangleyes infieles tener tiendas y vender al por menor en ellas sin pagar tributos. Manila, 4 de mayo de 1753. Con extracto.

6ª- Carta de José Joaquín Merino de Ribera, fiscal de la Audiencia de Manila, dando cuenta de la gran porción de especias que los barcos extranjeros conducen de retorno a sus tierras sin pagar derechos. Manila, 13 de junio de 1753. Con extracto.

7ª- Carta de la Audiencia de Manila: el marqués de Ovando, José Ignacio de Arzadun y Rebolledo, Pedro Calderón Enríquez, Francisco Enríquez de Villacorta y Fernando Dávila de Madrid, dando cuenta de los barcos que han anclado en su distrito con expresión del monto de lo que manifestaron de cargazón y derechos que pagaron de entrada. Manila, 10 de julio de 1753. Con extracto.

Acompaña:

- Traslado nº 18 de las diligencias hechas en cumplimiento de la cédula de 18 de enero de 1716 en orden a los barcos y bajeles que han anclado en los puertos de Filipinas desde junio de 1752 hasta 15 de dicho mes del año 1753. Manila, 30 de junio de 1753.

8ª- Informe del fiscal. Madrid, 3 de junio de 1755.

9ª- Minuta de real cédula al gobernador de Filipinas, repitiéndole la inserta cédula de 1 de agosto de 1752 por la que se desaprobó la relevación que su antecesor hizo del pago del almojarifazgo a las embarcaciones de Siam, y ordenándole dar las providencias convenientes para que todos lo satisfagan con igualdad, realizándose el registro de las embarcaciones con vista y reconocimiento de todos sus géneros y efectos, sin asignarse la cota de dicho derecho por la declaración y juramento de sus capitanes como hasta ahora se ha hecho. También le ordena que suspenda el proyecto de compañía formada por su antecesor para fabricar navíos o barcos en el reino de Siam, a fin de que éstos se construyan sólo en los astilleros de esas islas, informando del costo que había tenido el que fue construido en aquel reino. Aranjuez, 1 de julio de 1755.

- Minuta de real cédula al presidente y oidores de la Audiencia de Manila, repitiéndoles la inserta cédula de 1 de agosto de 1752 por la que se desaprobó la relevación que el gobernador de aquellas islas hizo del pago del almojarifazgo a las embarcaciones de Siam, y previniéndoles de la orden dada a su sucesor, por despachó de este día, para que dé las providencias convenientes a fin de todos lo satisfagan con igualdad, realizándose el registro de las embarcaciones con vista y reconocimiento de todos sus géneros y efectos, sin asignarles la cota de dicho derecho por la declaración y juramento de sus capitanes como hasta ahora se ha hecho. Aranjuez, 1 de julio de 1755.

Dos expedientes sobre repartimiento de boletas

- Índice de los documentos de que se componen dos expedientes uno de 1740 y otro de 1751 sobre repartimiento de boletas del galeón. Madrid, 18 de diciembre de 1768.

Primer expediente:

- Memorial de la ciudad y provincia del Santo Nombre de Jesús de Cebú pidiendo al menos 400 piezas de permiso que sean repartidas por el alcalde y regidores de la ciudad de Cebú, con intervención del obispo y que el gobernador no conceda licencias a los sangleyes para que pasen a vivir y comerciar a las visayas. Consejo, 28 de junio de 1740.

- Oficio de Fernando Triviño a Esteban José de Abaria remitiéndole memorial de la ciudad de Cebú para que informe. Madrid, 18 de agosto de 1740.

- Informe de la Contaduría: Juan de Miranda y Testa y Lope Hurtado de Mendoza y Figueroa. Madrid, 23 de agosto de 1740.

- Minuta de real cédula al gobernador de Filipinas, participándole que con relación a la instancia presentada por la ciudad y provincia de Cebú, para que se la atienda en el repartimiento de boletas del galeón que anualmente se despacha a Nueva España, ha mandado que usen de su derecho acudiendo a la ciudad de Manila y a la Junta de repartimiento, y en caso de agravio, a la Audiencia de ella, ordenándole por ello disponer que se atienda dicha instancia, informando de los motivos por los que había sido desatendida dicha ciudad y provincia de Cebú en el repartimiento. Buen Retiro, 22 de diciembre de 1740.

Segundo expediente:

-Extracto

- Carta de Pedro [de la Santísima Trinidad Martínez de Arizala], arzobispo de Manila, dando cuenta de no haber podido asistir al repartimiento de boletas por hallarse enfermo y adjuntando testimonio del papel que escribió. Manila, 19 de julio de 1748.

- Certificación de Eduardo Wogan, médico de la ciudad de Manila sobre haber asistido en su enfermedad a Pedro Santísima Trinidad Martínez de Arizala en el río de Cavite viejo. Manila, 16 de julio de 1748.

- Testimonio de una carta que el arzobispo de Manila escribió a los diputados del ayuntamiento de Manila sobre la buena y debida repartición de boletas a los vecinos de esta república. Manila, 10 de junio de 1748.

- Carta de Pedro [de la Santísima Trinidad Martínez de Arizala], arzobispo de Manila, sobre la nueva indisposición que no le permitió asistir a la junta de repartimiento de ese año y la nula respuesta que tuvo el papel que dirigió a la junta el año anterior. Manila, 7 de junio de 1749.

- Informe del fiscal. Madrid, 2 de marzo de 1751.

- Carta nº 2 de la ciudad de Manila: Francisco González de Quijano, José Antonio de Memige y Quirós, Agustín García de Seárez (sic por Seares), Pedro Ortuño de León, Santos Pérez de Tagle, Baltasar de Araneta, Agustín González de Quijano, José Rodríguez de Ortigosa, Juan Manuel de Arza y Urrutia, Manuel Fernández Toribio y Juan González de la Sierra, dando cuenta de la idea propuesta por el arzobispo de Manila para la distribución del buque del permiso del comercio exponiendo sus reparos y pidiendo se guarde lo hasta ahora practicado. Manila, 9 de julio de 1748.

- Minuta de real cédula al arzobispo de Manila, avisándole del recibo de sus cartas de 19 de julio de 1748 y 7 de junio de 1749, en las que propone la conveniencia de dividir el repartimiento del buque del galeón anual en tres clases de boletas, a fin de que el comercio, vecindario y pobres fuesen atendidos con equidad, y previniéndole que no se halla motivo para convenir con lo que propone, pues observándose literalmente lo propuesto en el real reglamento de 8 de abril de 1734 se atienden los inconvenientes que expresa. De todas formas le encarga que si esto no le pareciere suficiente exponga sus razones asistiendo a las juntas de repartimiento y oyendo lo que allí se ofrece sobre el particular. Aranjuez, 10 de junio de 1751.

Índice de documentos que se remiten al marqués de san Juan de Piedras Albas, presidente del Consejo de Indias, sobre las cajas artilleras y paquetes de regalo y sobre perjuicios que recibe la real Hacienda del comercio entre Filipinas y Nueva España. Madrid, 31 de enero de 1769.

- Expediente originado en carta del marqués de Cruillas satisfaciendo la orden sobre práctica ejecutada en recibir y entregar las cajas artilleras y marineras y paquetes de regalo en el navío de Filipinas.

Contiene:

- Extracto.

- Real orden comunicada por Julián de Arriaga al marqués de San Juan de Piedras Albas con carta del marques de Cruillas sobre cajas artilleras. Aranjuez, 5 de julio de 1766.

- Carta del marqués de Cruillas, virrey de Nueva España, a Julián de Arriaga informando de la práctica observada en el pasado en cajas artilleras y marineras y paquetes de regalo que anualmente conduce el navío de Filipinas. México, 16 de marzo de 1766.

- Informe del fiscal. Madrid, 21 de julio de 1766.

- Informe de la Contaduría. Madrid, 17 de octubre de 1766.

- Consulta del Consejo de Indias conformándose con el informe del fiscal y proponiendo que cada caja marinera o artillera se regule en 50 pesos dando orden al gobernador de Filipinas y al virrey de Nueva España de lo que se ha de observar para su reconocimiento y entrega en Acapulco, como también con los envoltorios y paquetes de regalo, publicándose previamente un bando en Manila. Madrid, 25 de noviembre de 1766.

R.: Acepta la propuesta.

- Copia de real cédula al virrey de Nueva España, avisándole que se ha aprobado el permiso que dio el marqués de Cruillas, su antecesor, para regresar el total producto de la carga de la fragata Santa Rosa de Filipinas, que arribó de las Californias, por los graves daños que han sufrido aquellas islas con la invasión de los ingleses. El Pardo, 10 de marzo de 1767. Ídem al gobernador de Filipinas.

Expediente sobre los perjuicios que recibe la real Hacienda en el comercio de Nueva España:

- Carta de nº 5 de José Raón, gobernador de Filipinas, dando cuenta del cumplimiento de la cédula de 7 de noviembre de 1764 e informe que pidió a los oficiales reales. Manila, 30 de julio de 1767.

Acompaña:

- Testimonio de la cédula de 7 de noviembre de 1764 en que se participa al gobierno lo que se manda a los oficiales reales le representen los perjuicios que han advertido recibe la real Hacienda del comercio de Filipinas con la Nueva España. Manila, 24 de julio de 1767.

- Carta de Francisco Leandro de Viana, fiscal de la Audiencia de Manila, a Tomás del Mello sobre el recibo de distintas cédulas y la imposibilidad de contestar antes de la partida de la fragata San Carlos. Manila, 14 de julio de 1766.

- Carta de Francisco Leandro de Viana, fiscal de la Audiencia de Manila, a Tomás del Mello adjuntando informe sobre los abusos del comercio. Manila, 15 de julio de 1767.

- Carta de Francisco Leandro de Viana informando extensamente en dos partes: la primera en 46 capítulos sobre los abusos y fraudes y la segunda en 18 sobre el número de piezas permitido. Manila, 15 de julio de 1767.

- Carta de la Audiencia de Manila: Francisco Enríquez de Villacorta y Manuel Galbán y Ventura dando cuenta de ser ciertos los perjuicios que se siguen a la real Hacienda en el comercio de Filipinas. Manila, 20 de julio de 1767.

Acompaña:

- Traslado nº 22 de la cédula de 7 de noviembre de 1764 por la que se ordena a la Audiencia de Manila que informe con la mayor claridad sobre los perjuicios que recibe la real Hacienda en el comercio de las islas con Nueva España. Sin fecha por rotura.

- Carta del marqués de Cruillas, virrey de Nueva España a Tomás del Mello sobre cédula de 7 de noviembre de 1764. México, 22 de mayo de 1765.

- Carta del marqués de Cruillas, virrey de Nueva España dando cuenta de los abusos que se producen en el comercio de Filipinas a Nueva España proponiendo un comercio franco debajo de una compañía en Filipinas y otra en México. México, 17 de julio de 1765.

Acompaña:

Nº 1: - Testimonio de la regulación del situado remitido a las islas Filipinas este presente año en la fragata nombrada Santa Rosa. México, 11 de julio de 1765.

Nº 2: Testimonio de los caudales de religiosos y obras pías de de las cantidades correspondientes a particulares que se han remitido a Manila en el navío nombrado La Santísima Trinidad que salió del puerto de Acapulco el año pasado de 1761 y en la fragata Santa Rosa el presente de 1765. México, 11 de julio de 1765.

- Informe de la contaduría. Madrid, 29 de agosto de 1768.

Antecedentes:

- Consulta del Consejo de Indias sobre carta de los oficiales reales de dando cuenta de los fraudes en la carga de los galeones, proponiendo que los oficiales reales informen al gobernador de los abusos que han advertido añadiendo que el informe que debe hacer el gobernador se lo haga con prontitud y también informen el virrey, la Audiencia y el fiscal de Manila. Madrid, 12 de julio de 1764.

R.: Acepta la propuesta

- Informe del fiscal. Madrid, 11 de mayo de 1764

- Minuta de real cédula a los oficiales de la Real Hacienda de Filipinas, contestando su carta de 20 de julio de 1761, y ordenándoles que representen al gobernador los perjuicios que dicen recibe la Real Hacienda de esas islas en el comercio con Nueva España, para que éste tome la providencia que corresponda. El Escorial, 7 de noviembre de 1764.

- Minuta de real cédula al gobernador de Filipinas, avisándole lo que se ordena a los oficiales reales de esas islas sobre que le representen los perjuicios que dicen recibe la Real Hacienda en el comercio de aquellas islas con Nueva España.

- Minuta de real cédula al virrey de Nueva España, para que informe sobre los perjuicios que recibe la Real Hacienda en el comercio que hacen las Filipinas con ese reino. El Escorial, 7 de noviembre de 1764.

Expediente sobre los géneros de la Fragata San Carlos

- Carta de Antonio de Mier y Terán a Tomás del Mello, contador del Tribunal de Cuentas de México, remitiendo dos representaciones y pidiendo otro empleo de más utilidad. México, 24 de agosto de 1767.

Acompaña:

- Carta de Antonio de Mier y Terán sobre los géneros de la fragata San Carlos Borromeo. México, 23 de agosto de 1767.

- Carta de Antonio de Mier y Terán dando cuenta del aumento de la real Hacienda por haber obligado a los compromisarios y consignatarios a exhibir las facturas y que les pusieran precio si no figuraba. México, 23 de agosto de 1767.

- Copia de la instrucción reservada de 4 de diciembre de 1766 del visitador José de Gálvez a Antonio de Mier y Terán y Juan Bautista de Lecumberri para el despacho del galeón de Filipinas de 1767.

- Copia de consulta del castellano y oficiales reales de Acapulco de 14 de enero de 1767 al marqués de Croix sobre el reglamento de 1734 y su respuesta.

- Mapa que demuestra las piezas que condujo la fragata San Carlos Borromeo con el valor de las mercaderías según los precios de Manila. México, 23 de agosto de 1767.

- Plan general y cómputo de la carga bajo registro que condujo a Acapulco la fragata San Carlos Borromeo. México, 23 de agosto de 1767. Gran formato: 645x480 mm.

- Informe de la Contaduría. Madrid, 8 de mayo de 1768.

- Informe del fiscal. Madrid, 2 de febrero de 1769

- Carta de la Audiencia de Manila: Francisco Enríquez de Villacorta y Manuel Galbán y Ventura dando cuenta de haber dado cumplimento a la orden de dar razón del estado de la Hacienda, del comercio y embarcaciones que existen para la carrera de Nueva España. Manila, 21 de julio de 1767.

Acompaña:

- Traslado nº 26 de la cédula de 27 de octubre de 1764 en que se ordena a la Audiencia informe del estado y fondos en que hubiesen quedado por cuerpo de la real Hacienda las cajas reales según el producto de todos sus ramos después que el inglés haya restituido la plaza. Manila, 20 de julio de 1767.

- Informe de la Contaduría. Madrid, 18 de agosto de 1768.

- Carta de la ciudad de Manila: Domingo Neyra, Pedro Antonio Pérez de Tagle, Vicente Laureano de Memige, Felipe Vélez Escalante, Juan Antonio Panelo Carlos Manuel Velarde, Alejandro Rodríguez Varela, José de Herrera Iglesias, José Francisco de Ocampo, José Domingo García Vivero, Tomás Gómez de Angulo, José Casal Bermúdez y Alvarado y Andrés José Rojo dando cuenta de haber remitido mil piezas por abundancia de géneros que podían perderse con la humedad y las polillas. Pide se apruebe el plan presentado por su apoderado.

- Informe de la contaduría. Madrid, 24 de agosto de 1769.

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