Ejecutorias de hidalguía

Identificación

Titulo Nombre Formal:

Ejecutorias de hidalguía

Nivel de Descripción:

Serie

Contiene:

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Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Nombre del/los productor/es:

Condado de Gausa

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Desde su creación las chancillerías gozaron de la competencia de reconocer la posesión
pacífica de las hidalguías mediante la expedición de las reales provisiones ejecutorias.
Estos documentos constituían el principal testimonio probatorio de la calidad del hidalgo
y su linaje ante los ayuntamientos, órganos autores de los padrones de pecheros. Un vez
culminado el proceso probatorio era reconocida la condición de hidalgo, permitiendo que
el beneficiario o los beneficiarios y sus descendientes pudieses ejercer cargos públicos y
estar exentos de impuestos. Para lograr la ejecutoría el solicitante debía de probar que
tanto él como sus antepasados en tres generaciones eran hidalgos notorios, libres y
exentos de pechar y contribuir.
La real provisión que publicaba y ordenaba ejecutar la sentencia favorable por parte de la
Real Chancillería quedaba archivada en la institución, debiendo el demandante realizar
una copia a sus expensas, decorada con mayor o menor suntuosidad mediante miniaturas.
En ellas fueron recurrentes las invocaciones sagradas a Cristo en el calvario y a la
Inmaculada Concepción, que a finales del siglo XVI sustituye a las habituales
representaciones de la Virgen con el niño. La imagen del santiago matamoros, en labatalla de Clavijo, santo guerrero, patrón de castilla y de España, llegó a ser tan recuente
como la del mismísimo blasón familiar.
Hay litis entre las partes, litigio o contradicción, y su origen se encuentra en que el
litigante ha sido incluido por el concejo en el padrón de pecheros y haberle sido
reclamado el pago de tributos. el litigante se negaba a pagar y " le sacaban prendas". El
litigante presenta su demanda, acompañada del testimonio de la prenda y del poder al
procurador. Contradecían entonces el consejo y el Fiscal, obligándole a presentar las
consiguientes pruebas. Por lo general estas pruebas se componen de:
-Declaraciones de testigos relativas a la posesión de la hidalguía de él y sus descendientes
en los pueblos donde vivieran y la legitimidad y limpieza de su origen
-Testimonios de padrones
-Partidas sacramentales
-Reconocimiento de casas solares o capellanías
-Privilegios o concesiones de hidalguía
Se remata cuando finalizan los pleitos en todas sus instancias en la EJECUTORIA de
HIDALGUÍA, documento solemne que contiene la demanda, un resumen de las pruebas
y la sentencia. Por lo tanto de cada ejecutoria de Hidalguía existirán dos ejemplares, la
original que se conservará en la chancillería emisora (Valladolid o Granada) y la copia
para el hidalgo.