Comisión Liquidadora de la Caja de Reparaciones
1940 - 1942
1936
Fecha de inicio del archivo de la Caja General de Reparaciones.
1ª División
El fondo de la Comisión Liquidadora de la Caja de Reparaciones fue transferido en 1961 al Archivo Histórico Nacional por parte del Ministerio de Hacienda, a quien la propia Comisión Liquidadora lo había entregado en junio de 1942 al terminar su actividad. Este fondo incluye, aparte de la documentación de la citada Comisión, la de la Caja General de Reparaciones. Por Decreto de 9 de marzo de 1940 se creaba la Comisión Liquidadora de la Caja de Reparaciones para proceder a la devolución de los bienes y efectos que se acumulaban en dicha Caja desde 1936. Para cumplir con su misión la Comisión Liquidadora utilizaría la documentación de la Caja General de Reparaciones. Una buena parte de esta documentación fue recuperada en Barcelona, desde donde fue enviada en junio de 1940 a Madrid, junto con lo que se había salvado de la aja de Reparaciones y Auxilios de la Generalitat de Catalunya. No existía inventario alguno, había un presumible desorden documental y las condiciones de conservación y seguridad eran deficientes. Las actas de la Comisión Liquidadora (FC-Mº_HACIENDA,4735,Exp.1,fol.8r) indican que se remitieron un total de 567 bultos con objetos, títulos y documentos: 57 de ellos, procedentes del paseo de Gracia nº 107, incluyen documentación de la Caja y ocho ficheros metálicos; otros 509 bultos fueron remitidos desde los sótanos de la plaza de Cataluña nº 15 (sede central de la extinguida Caja); y el último, con documentación que llegó de la Diputación Provincial. Por otro lado, desde la sucursal del Banco de España de Barcelona, fueron remitidos 29 bultos con valores y documentación de la Caja de Reparaciones que estaban a cargo de los Comités de Depósitos Quebrantados y del de Cajas de Seguridad Expoliadas (FC-Mº_HACIENDA,4735,Exp.1,fol.12r-13r). El expediente de la recuperación de bienes y documentos de Barcelona tiene la signatura FC-Mº_HACIENDA,4700,Exp.1. Desde la Delegación de Hacienda de Valencia se remitierán 37 bultos conteniendo objetos, valores y documentación de la Caja (FC-Mº_HACIENDA,4735,Exp.1,fol.16v), quedando en Valencia algunos objetos y enseres que, más tarde, por Orden de 17 de mayo de 1941, se dispondrá sean entregados al Juzgado Gubernativo de Madrid (FC-Mº_HACIENDA,4735,Exp.1,fol.21r). El expediente de esta recuperación tiene la signatura FC-Mº_HACIENDA,4700,Exp.3. Ya el 24 de julio de 1939 se había entregado a la Comisaría General de Defensa del Tesoro Artístico una importante colección de objetos clasificados como artísticos, que se hallaban depositados en el Banco de España de aquella ciudad a nombre de la Sección de Tesorería de la Caja de Reparaciones, y que dicha Comisaría no entregó a la Comisión Liquidadora. De Jaén se recibió una carpeta referente a las actuaciones del apoderado de la extinguida Caja de Reparaciones en las provincias de Jaén, Granada y Córdoba; la relación de las actuaciones del Delegado de Hacienda hasta el momento de la constitución de la Comisión Liquidadora; y la lista de los objetos recuperados (FC-Mº_HACIENDA,4700,Exp.2). Otra buena parte de la documentación de la Caja se recuperó de la sede de la Comisaría General del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional en Madrid, calle del Duque de Medinaceli, nº 6 y 8 (FC-Mº_HACIENDA,4735,Exp.1,fol.14v). Este Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional (SDPAN) ya había trasladado con anterioridad los ficheros y documentos de la Caja de Reparaciones que se encontraban en la calle de Claudio Coello, nº 123, donde el SDPAN tenía la sede central de gestión de la Caja, hasta el edificio de la calle de Montalbán, nº 8 (antigua sede de la Caja de Reparaciones en Madrid), donde se pondrían a disposición de la Comisión Liquidadora. Conviene, por último, tener en cuenta que, durante la transferencia al Archivo Histórico Nacional de 1961, un conjunto de libros quedó, y permanecen en la actualidad, en el Archivo General del Ministerio de Hacienda.
Por Decreto de 9 de marzo de 1940 se crea la Comisión Liquidadora de la Caja de Reparaciones con el objetivo de devolver los bienes y efectos que se acumularon en la citada Caja o que se trabaron a su favor en los establecimientos de crédito. La Caja General de Reparaciones de Daños derivados de la Guerra Civil había sido creada por Decreto 23 de septiembre de 1936, con cargo a la responsabilidad civil de los que habían tenido participación directa o indirecta con el movimiento rebelde, para satisfacer los auxilios y otorgar los créditos necesarios para la reparación de los daños causados por la rebelión; atendiéndose además aquellas necesidades perentorias de la población civil derivadas de aquélla, así como otras de los combatientes que no fueran atendidas directamente por el Estado. Por otro lado, este decreto de 23 de septiembre crea el Tribunal Popular de Responsabilidades Civiles, estrechamente unido a la Caja. Antes de la creación de la Comisión Liquidadora habían sido tomadas otras medidas orientadas al mismo fin: el Decreto de 1 de noviembre de 1936 declaraba sin ningún valor ni efecto las disposiciones dictadas con posterioridad al 18 de julio por el gobierno republicano, incluyendo las relativas a responsabilidades políticas y Caja de Reparaciones; la Orden del Ministerio de Hacienda de 3 de febrero de 1939 creaba una comisión para la devolución de los objetos y valores que se hallaban en el castillo de Figueras, de los que no todos procedían de la Caja de Reparaciones; y el Decreto de 7 de agosto del mismo año publicaba una instrucción sobre el procedimiento a seguir con los depósitos bancarios, cajas de seguridad y títulos recuperados, entre lo que se encontraban los mencionados del castillo de Figueras. Además, en un primer momento, el Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional (SDPAN) se hizo cargo de los ficheros y documentos de las oficinas y de los bienes de los depósitos de la Caja de Reparaciones, atendiendo las reclamaciones de los propietarios. Como determinaba el Decreto de 9 de marzo de 1940, la Comisión Liquidadora estaría compuesta por un presidente, un profesor mercantil, un magistrado, un fiscal y un secretario, siendo los acuerdos de la Comisión competencia colectiva del presidente, el profesor mercantil y el magistrado. El Ministerio de Hacienda corría con los gastos y recibiría toda la documentación cuando terminase su trabajo. Para cumplir con su misión la Comisión Liquidadora se haría cargo de la documentación de la extinguida Caja General de Reparaciones, y de los objetos, títulos, efectos y metálico procedentes de la misma (por Decreto de 17 de mayo de 1940 se sumarían los saldos, depósitos y objetos obtenidos por la Generalitat de Catalunya a título de responsabilidades políticas o reparaciones de guerra); y adoptaría las medidas pertinentes para su custodia y seguridad, debiendo procurarse el asesoramiento del Ministerio de Educación Nacional en todo lo referente a objetos de interés artístico e histórico. Con todo ello, cuantos bienes, objetos o títulos pudieran imputarse, por la propia documentación de la extinguida Caja, al dominio o legítima posesión de una persona determinada, serían entregados a ésta mediante acta, a la que se unirían los antecedentes que sirviesen de justificación. Lo que no pudiera devolverse se entregaría al Juzgado Gubernativo de la provincia de Madrid, constituido en virtud de Instrucción de 7 de agosto de 1939. Por otro lado, el Decreto de 9 de marzo establecía que los saldos en efectivo a favor de la Caja de Reparaciones serían objeto de desbloqueo, conforme al artículo 20 de la Ley de 7 de diciembre de 1939, y el levantamiento de las retenciones y trabas sobre saldos, depósito de títulos y cualquier tipo de bienes a pretexto de responsabilidades políticas o reparaciones y por contrabando de moneda extranjera, debiendo poner los establecimientos bancarios y de crédito dichos bienes a disposición de sus legítimos dueños. La Comisión Liquidadora queda constituida finalmente por Orden de 2 de abril de 1940 (Luis Vallejo Tirado, presidente; Luis Rodríguez Celestino, vocal magistrado; Miguel de Granja Gómez, vocal profesor mercantil; José Elorza Aristorena, fiscal; y Ricardo Sánchez Caballero Calvo, secretario), teniendo lugar la primera reunión el 16 de abril en el Ministerio de Hacienda. Para proceder a las devoluciones se establecen dos secciones: Objetos y Valores y documentos. Se emprenden los trabajos de devolución con los valores mobiliarios, por su interés para la economía nacional y por la dificultad que entraña la devolución de los objetos, al perderse en la mayor parte de los casos las previas referencias de propiedad de los mismos. Por Orden del Ministerio de Hacienda de 24 de abril de 1942 se fija el 30 de junio como fecha de terminación de sus trabajos, debiendo la Comisión Liquidadora redactar una memoria-resumen de la labor realizada, que será entregada al Ministerio de Hacienda juntamente con toda la documentación.
TRANSFERENCIA
La documentación de este fondo tiene las siguientes signaturas: FC-Mº_HACIENDA,1445, 3744-3747, 3832, 3870, 4124, 4601, 4647, 4648, 4657, 4661, 4662, 4665, 4700-4736, 4739-4741, 4766, 4767, 4903-4906, 4930-4938, 4949, 4950, 5221-5376, 5408-5430, 5432, 5433, 5694, 5805, 5836 y 6784-6789.
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ARCHIVO HISTÓRICO NACIONAL. Sección de Fondos Contemporáneos: Inventario de los documentos de la Caja General de Reparaciones (1936-1939) que se guardan en el fondo del Ministerio de Hacienda / realizado por C. Durán Cermeño, J. Pérez Reyes, P. Martín-Palomino y Mª T. Fernández Talayo, bajo la dirección de J. Gaite Pastor.- [Madrid], 1991.- Mecanografiado
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Museo, guerra y posguerra: protección del patrimonio en los conflictos bélicos: actas del Congreso Internacional. A. COLORADO CASTELLARY (ed.). Madrid: Museo Nacional del Prado. 2022.
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Sesenta y dos libros de este fondo se conservan en el Archivo General del Ministerio de Hacienda.
En el Centro Documental de la Memoria Histórica (CDMH) se custodia documentación del Tribunal Popular de Responsabilidades Civiles y de la propia Caja General de Reparaciones. Asimismo, en el archivo del Instituto del Patrimonio Cultural de España (IPCE) se encuentra la documentación conocida como "Archivo de la Guerra", producida por las dos instituciones creadas durante la Guerra Civil para proteger el Patrimonio Histórico Español: la Junta Delegada de Incautación de Madrid, en el bando republicano, y el Servicio de Recuperación Artística, en el bando sublevado. Finalmente, en el Archivo de la Corona de Aragón (ACA) se conserva documentación del Servicio de Defensa del Patrimonio Artístico Nacional (SDPAN) en Barcelona.