Actas de gobierno
1871 - 1989
Serie
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Aunque el procedimiento de llevanza de actas de las sesiones de los órganos de gobierno ya existía en la Real Chancillería de Valladolid (reflejada en la serie de Actas del Real Acuerdo) y según las Ordenanzas para las Audiencias de la Península del 20 de diciembre de 1835 establecen en su artículo 118 que cada secretario de audiencia llevase un libro para registrar las consultas a la Audiencia Plena, lo cierto es que este actividad no se continuó tras la supresión del Real Acuerdo y las primeras actas de los órganos de gobierno de la Audiencia Territorial de Valladolid no aparecen hasta la promulgación de la Ley Orgánica Provisional sobre Organización del Poder Judicial de 1870. En esa ley de 1870, se establece en sus artículos 613 y 619 que el secretario de Gobierno dará cuenta de los negocios del Tribunal Pleno y de la Sala de Gobierno, redactando sus actas, custodiándolas y dando cuenta de las certificaciones correspondientes. Más adelante, en la Ley de 5 de agosto de 1907 de reorganización de la Administración de Justicia en los Juzgados Municipales, se otorga a las Audiencias Territoriales (inicialmente a través de sus salas de Gobierno, aunque esta potestad irá variando con el tiempo con la Presidencia del Tribunal), la capacidad de nombrar a los jueces y fiscales municipales, haciendo constar sus decisiones y deliberaciones en un libro de actas especial (separado de las actas de sesiones ordinarias). Esta actividad será ratificada de nuevo en el Real Decreto de 30 de octubre de 1923 Por otro lado, la Real Orden Circular de 11 de abril de 1924 que regula la composición de las Juntas Depuradoras de Justicia Municipal establecen que los acuerdos, votos y decisiones de esta junta quedarán reflejados en actas. Finalmente, la actividad de llevanza de actas quedarán mejor definidas gracias al Decreto de 8 de abril de 1933 sobe los libros que deben llevar los secretarios de la Audiencias, donde se fija en su artículo 5 que "en los libros de actas se extenderán con claridad y sin excesiva extensión los acuerdos de las Salas o Juntas de Gobierno. Todas sus hojas deberán estar selladas y rubricadas por el presidente del Tribunal".
Desde el año 1871 hasta la supresión de la Audiencia Territorial de Valladolid, se conservan diversos tipos de actas: La mayor parte de las actas se han conservado en libros creados ex professo para ello, aunque es posible localizar algunas actas en cuadernillos de papel con las hojas cosidas.
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