Se acuerda que la compañía concesionaria del ferrocarril depositará, según el artículo 41 del pliego de condiciones, 20 pesos anuales por cada kilómetro de ferrocarril construido o en explotación, Dicha compañía presenta recurso contencioso-adminitrativo, pero el Tribunal se declara incompetente para dictar sentencia. (Este expd. comienza en el nº 9 y termina en el nº 12)