Al juez de términos de Córdoba, prorrogándole por 180 días el plazo que le fue concedido para determinar los debates que tiene a su cargo.
RGS,LEG,149406,19
1494-06-13 , Medina del Campo
Unidad Documental Simple
ES.47161.AGS//RGS,LEG,149406,19
Real Cancillería de los Reyes de Castilla. Registro del Sello de Corte
Digitalizado