Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Puertos y Faros

Fecha Formación:

1838  -  1898

Nivel de Descripción:

3ª División

Código de Referencia:

ES./16

Contiene:

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Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Nombre del/los productor/es:

Ministerio de Ultramar (España)

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Según el Reglamento de Régimen Interior del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 1874, uno de los Negociados de la Dirección General de Obras Públicas era el de Puertos y Faros. Para el conocimiento de la organización y funcionamiento de Faros dentro del ramo de Puertos y Faros en Cuba son indispensables las siguientes normas:
- Reglamento del 26 de abril de 1856 para el servicio de faros de la Isla de Cuba.
- Real Orden de 18 de septiembre de 1876, aprobando el adjunto plan general de alumbrado marítimo de la Isla de Cuba.
- Real Orden de 9 de julio de 1867, aprobando la instrucción para el servicio de los faros colocados en el interior de las fortalezas de las provincias de Ultramar.
- Real Orden de 21 de diciembre de 1867, disponiendo se comunique al Ministerio todas las noticias referentes a faros terminados, luces de puerto, obras de balizamiento o cualquier otra de interés para navegantes.
Los asuntos de Puertos y Costas se regían por la normativa siguiente:
- Reglas generales de 13 de noviembre de 1853, para la construcción de muelles y almacenes en los puertos de la Isla de Cuba. (Gaceta de la Habana)
- Reglas generales de 6 de noviembre de 1857, para la construcción de muelles y almacenes en los puertos de la Isla de Cuba. (Gaceta de la Habana)
- Real Orden de 8 de marzo de 1859, sobre las reglas generales que se han de adoptar para la construcción de muelles y almacenes en los puertos habilitados y embarcaderos de la isla de Cuba.
- Ley de Fomento de 3 de agosto de 1866, dictando prescripciones sobre el dominio y aprovechamiento de aguas. (Se hace extensiva a la Isla de Cuba en Orden del 8 de Agosto de 1866)
- Real Orden de 22 de agosto de 1866, ampliando las reglas mandadas observar para la construcción de muelles y almacenes en los puertos habilitados y en el litoral de la Isla de Cuba.
- Real Orden de 27 de marzo de 1867, dictando varias disposiciones relativas a los estudios hidrológicos que deben emprenderse en las provincias de Ultramar.
- Real Orden de 11 de julio de 1868, modificando la construcción de muelles y almacenes en Cuba.
- Real Decreto de 19 de diciembre de 1889, determinando cómo han de formarse las Juntas de Obras del Puerto de la Isla de Cuba y Puerto Rico.
- Real Decreto de 31 de octubre de 1890, disponiendo que rija como Ley en la Isla de Cuba la de Puertos de la Península.
- Real Orden de 17 de noviembre de 1890, disponiendo se apruebe la Instrucción para tramitar las concesiones a particulares de Obras de Puertos en la Isla de Cuba.

Organización Contenidos:

Los expedientes relativos a Faros se agrupan, en virtud de la legislación que los afecta, en las siguientes series:
- Expedientes de elaboración y reforma de disposiciones legales de Obras Públicas. Faros.
- Expedientes de Adjudicación del servicio de comunicación de faros.
- Expedientes de Adjudicación del servicio de suministro de faros
- Expedientes de Inauguración de faros, luces de faros y obras de balizamiento.
- Expedientes sobre alteraciones de luces de faros.
- Expedientes de Aprobación de proyectos de emplazamientos de faros
- Expedientes de inclusión en el plan general de Alumbrado Marítimo. Faros
- Expedientes de aprobación del presupuesto para la elaboración de proyectos de Obra Pública. Faros.
- Expedientes de Aprobación de Proyectos de Construcción de Faros
- Expedientes de Aprobación de Proyectos de luces de puertos, señales marítimas y balizamientos de costas.
- Expedientes de Adquisición de maquinaria para Faros
La documentación sobre las obras en puertos y costas es difícil de encajar en cada serie, pues a menudo los expedientes tratan de varios aspectos de la obra (concesión, explotación, construcción, legalización, uso que se le va a dar, urgencia de realizarla, etc.) que hacen imprescindible el repaso de casi todas las series para estudiar alguno de estos aspectos. Estos asuntos dan origen a las siguientes series:
- Expedientes de elaboración y reforma de disposiciones legales de Obras Públicas. Puertos y Costas.
- Expedientes de Aprobación de obras de Puertos
- Expedientes de Aprobación de estudios de Obras Públicas. Puertos y Costas
- Expedientes de Aprobación de Proyectos de Construcción de Obras Públicas. Puertos y Costas.
- Expedientes de Aprobación de proyectos de conservación y reparación de Obra Pública. Puertos y Costas.
- Expedientes de declaración de obra pública de reconocida Urgencia. Puertos y Costas.
- Expedientes de aprobación de proyectos para la limpia y seguridad de los puertos.
- Expedientes de concesión de construcción de muelles.
- Expedientes de concesiones de muelles que ocupan dominio público y dominio del Estado.
- Expedientes de concesión de muelles de uso particular en dominio público
- Expedientes de concesión de muelles de uso público en dominio público
- Expedientes de concesión a particulares para construir en las costas
- Expedientes de concesión de obras de puerto a cargo del Estado a empresas particulares.
- Expedientes de renovación de concesión de muelles de dominio público y dominio del Estado.
- Expediente de caducidad de concesión de muelles de dominio público al Estado.
- Expedientes de legalización de concesión de muelles de dominio público y dominio del Estado.
- Recursos contenciosos administrativos sobre Obras Públicas. Puertos y Costas.
- Expedientes sobre Conflictos de Competencias de Puertos y Costas.
- Expedientes de deslindes de zona marítima terrestre. Puertos y Costas.
- Expedientes sobre Establecimiento de Impuestos y Arbitrios de Obras Públicas del Estado. Puertos y Costas.
- Expedientes de establecimientos y reformas de juntas y corporaciones. Puertos y Costas

Condiciones de Acceso y Uso

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