Historia Institucional / Reseña Biográfica:
La Real Orden de 19 de septiembre de 1887, se ocupa de la distribución de los asuntos de la competencia del Ministerio de Ultramar. De acuerdo con esta disposición, la Sección Central y del personal se ocupaba, por medio de los distintos negociados, de todo el personal, excepto el del Negociado de los Registros civil y de la propiedad y del Notariado y el de notarios y registradores de Ultramar; firma del ministro, custodia de Reales decretos y Cancillería; Registro general; Archivo y Biblioteca y compilación de la legislación de Ultramar; Habilitación; comunicaciones y vapores correo; y Estadística.
Por Real Decreto de 31 de octubre de 1893, se reforma la planatilla del Ministerio, se suprimen las Direcciones Generales de Gracia y Justicia y de Administración y Fomento, al tiempo que se crean en la Subsecretaría tres Secciones: de los Registros y del Notariado, de Gracia y Justicia, y de Administración y Fomento, que vienen a sustituir a las Direcciones suprimidas.