Competencias de los escribanos de flotas
PANAMA,237,L.11,F.2R-2V
1577-07-23 , San Lorenzo el Real
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//PANAMA,237,L.11,F.2R-2V
Real Cédula a los capitanes generales de las flotas y armadas de Tierra Firme, para que no consientan que se hagan escrituras, almonedas ni ninguna clase de autos ante los escribanos mayores de dichas flotas, mientras esten surtas en Nombre de Dios.