Existencia de guardacostas
PANAMA,242,L.1A,F.21R-23R
1737-12-16 , Buen Retiro
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//PANAMA,242,L.1A,F.21R-23R
Consejo de Indias (España)
Real Cédula al gobernador y capitán general de Tierra Firme y presidente de la Audiencia de Panamá, insertando la dada en El Pardo, a 20 de julio de 1717, en que se aprueba lo que dispuso José Hurtado de Amézaga para la existencia de guardacostas.