Real provisión a los presidentes y oidores de las Audiencias de Nueva España, la Española, Perú y Guatemala mandándoles que no permitan edificar en los territorios de su jurisdicción monasterios de la Orden de la Merced sin licencia real ni permitan el paso a Indias de los frailes de dicha Orden sin licencia del obispo de su diócesis.
INDIFERENTE,427,L.30,F.2R-2V
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ES.41091.AGI/24//INDIFERENTE,427,L.30,F.2R-2V
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