Real cédula a los presidentes y oidores de las Audiencias de México, Santo Domingo, Lima, Perú y Los Confines mandándoles que permitan a los religiosos establecer casas de su Orden en los poblados de indios que quieran recibirles, con el acuerdo del obispo de su diócesis.
INDIFERENTE,427,L.30,F.3V-4R
1543-09-14 , Valladolid
Unidad Documental Simple
ES.41091.AGI/24//INDIFERENTE,427,L.30,F.3V-4R
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