Alcance y Contenido:
Real Cédula a las justicias indianas para que cumplan la cédula de 25 de mayo de 1588, que se inserta, en que se dispone que los dueños de naos mercantes que navegan a Indias no puedan tomar a cambio más que las dos terceras partes del valor de sus bajeles, ejecutándose esto en la forma que se ordena.