Juzgado de Seguridad Pública

Identificación

Titulo Nombre Formal:

Juzgado de Seguridad Pública

Fecha Formación:

1815-03-12  -  1815-10-08

Nivel de Descripción:

Fondo

Contiene:

Esta Unidad descriptiva contiene 1 unidad más

Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Por Real Decreto de 12 de marzo de 1815, Fernando VII nombra Juez de Seguridad Pública, al mariscal de campo Pedro Agustín de Echávarri "con todas las facultades e inhibición de todo Tribunal". A los pocos días (R.O. del Ministerio de Gracia y Justicia, de 15 de marzo), el rey aprueba el reglamento provisional de Seguridad Pública y nombra como ministros togados del tribunal a Martín de Gastañaga, alcalde del crimen de la Real Audiencia de Valencia, y a Manuel Echavarría, fiscal de la Chancillería de Valladolid, con plazas efectivas de Alcaldes de Casa y Corte, y para secretario a Ramón Somalo y Saravia. En el reglamento se alude al "general ministro de la seguridad pública". Siete meses después de su creación (R O de Gracia y Justicia, de 8 de octubre de 1815), se suprime este Juzgado de Seguridad Pública, cesándo todos los empleados dependientes de él, y estableciéndose que el Consejo de Castilla "recoja todos los papeles,causas y expedientes causados en el expresado Juzgado [...] Y manda que el cuidado de la policía y seguridad púiblica quede a cargo de los jueces, magistrados y tribunales a quienes se comete por las leyes". Por circular del Consejo Real de enero de 1816, se ordenó que "las causas que se hallen pendientes en los pueblos, dimanadas de comisiones del extinguido Ministerio de Seguridad Pública, se pasen para su sustanciación a las Chancillerías o Audiencias que corresponda...".

Nombre del/los productor/es:

Juzgado de Seguridad Pública

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Condiciones de Acceso y Uso

Condiciones de accesibilidad generales:

©MCD. Archivos Estatales (España). La difusión de la información descriptiva y de las imágenes digitales de este documento ha sido autorizada por el titular de los derechos de propiedad intelectual exclusivamente para uso privado y para actividades de docencia e investigación. En ningún caso se autoriza su reproducción con finalidad lucrativa ni su distribución, comunicación pública y transformación por cualquier medio sin autorización expresa y por escrito del propietario.

Condición de accesibilidad a las imágenes:

Las imágenes/documentos no tienen restricciones de acceso

Índices de Descripción:

Juzgado de Seguridad Pública

Documentación Asociada

Notas de Publicaciones:

Álvarez-Coca González, María Jesús. "Invasión francesa, Gobierno Intruso. Los fondos de la Guerra de la Independencia en el Archivo Histórico Nacional", Cuadernos de Historia Moderna. Universidad Complutense de Madrid, 37 (2012), pp. 201-255. (http://revistas.ucm.es/index.php/CHMO/issue/current/showToc)

Soporte y Volumen

1 Libro(s) en Papel .