El Consejo ordena al corregidor de Madrid que, ante la situación de las casas saqueadas o incendiadas en los disturbios de marzo del 19, 20 y 21 de marzo, abandonadas y abiertas a toda clase de personas, tome inmediatamente, de conformidad con los dueños o administradoras de esas casas, las medidas oportunas para habilitarlas y evitar que sirvan de abrigo a los vagos y personas sospechosas y otros inconvenientes. También le encarga que cuide muy particularmente del aseo y limpieza de las calles, especialmente por las que acostumbran a transitar las personas reales cuando se hallan en Madrid.
CONSEJOS,5512,Exp.18 [Signaturas anteriores]
1808-03-22 , Madrid - 1808-10-01 , Madrid
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//CONSEJOS,5512,Exp.18
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