Información de doce testigos mandada realizar por el IX Conde de Priego, Pedro Carrillo de Mendoza, al Concejo de Cañaveras, para ver si hay necesidad de que haya dos escribanos en la villa como se le ha pedido, en lugar de uno sólo como lo ha habido hasta el momento.
* Acompaña mandamiento del Conde de Priego para que se realice dicha información. La fecha del mandamiento es posterior en un día (10 de octubre) al de la notificación de dicho mandamiento y comienzo de la información por el Concejo de Cañaveras (9 de octubre).
PRIEGO,C.12,D.15
1609-10-09 , Madrid y Cañaveras - 1609-10-10 , Madrid y Cañaveras
Unidad Documental Compuesta
ES.45168.AHNOB//PRIEGO,C.12,D.15
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