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Los primeros registros de actos que afectaban al estado civil fueron los parroquiales, que inscribían los bautismos, matrimonios y entierros, cuya regulación general se recogió por primera vez de forma expresa en el Concilio de Trento. La primera norma que atribuyó en España esta función al Estado fue la Ley Provisional del Registro Civil, de 17 de junio de 1870. Se incluyen todos los certificados de bautismos, matrimonios, defunciones¿ posteriores a la creación del Registro Civil en 1870. Cuando los certificados son anteriores, se tiene que usar la serie PARTIDAS SACRAMENTALES. Cuando se trate de fes de vida, véase la serie FES DE VIDA.