Negociación de Nápoles
1339 - 1699
1ª División
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La correspondencia constituye el grueso fundamental de la documentación como vía de intercambio de información y seguimiento de las instrucciones procedentes de la Corte: rey, secretarios, privados etc.. y los representantes de la Monarquía Hispánica en el virreinato: el virrey, en primer lugar y todo un cuerpo de agentes militares, religiosos, financieros y culturales al servicio de ésta.
Por su condición de dominio bajo la soberanía de la Monarquía Hispánica, la interlocución se extiende a un nutrido grupo de figuras locales, naturales y extranjeros, de poder influyente tanto en el orden social como religioso, militar, hacendístico, judicial o cultural, situados por la Monarquía al frente de las principales instituciones de gobierno.
La documentación se articula en dos series: - La más amplia, secuencial en su cronología y expresiva del sistema de trabajo político-administrativo del Consejo de Estado: CARTAS, MINUTAS de DESPACHO y CONSULTAS que se extiende desde 1339 a 1699, con un volumen de 188 legajos y 5 libros.
- La más reducida en volumen: 4 legajos, que se extiende desde 1622 a 1671, denominada NEGOCIOS NOTABLES.
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Castellano, latín, italiano y francés. Humanística
Papeles de Estado de la correspondencia y negociaicón de Nápoles. Virreinato. Por Ricardo Magdaleno Redondo. Introducción por Joaquín Pérez Villanueva. Valladolid 1942.
Bueno
Digitalizada en su totalidad ( 193 legajos y 4 libros)
Por PROCEDENCIA Esta Negociación está estrechamente realacionada con otras Negociaciones que constituyen divisiones del mismo fondo común: El Consejo de Estado. Dichas Negociaciones son: Negociación de Sicilia, Negociación de Roma, Negociación de Venecia, Negociación de Génova, Negociación de Pequeños Estados de Italia e Indiferente y Príncipes de Italia. Por ASOCIACIÓN Por el hecho de ser dominio de la Monarquía Hispánica esta documentación está indisolublemente unida con la perteneciente a la Divisón de fondo denominada Secretaría de Nápoles del Consejo de Italia. Aunque las funciones del Consejo de Italia, ejercidas a través de la Secretaría de Nápoles, afectaran más directamente a la organización y control de las instituciones administrativas del territorio ( Hacienda, Justicia, Beneficencia, Orden Público, Iglesia, concesión de títulos y mercedes económicas a los distintos poderes locales etc) nada de lo que ocurriera relativo a la estabilidad de ese espacio o al conjunto de los intereses de la Monarquía Hispánica está ausente en esta documentación. Por ello, es de obligada consulta para completar la documentación de la Negociación de Nápoles del Consejo de Estado.