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"Un certificado es un instrumento acreditativo de la verdad, en este caso de la condición jurídica de la persona en virtud de la cual, y en función de su adscripción a un determinado territorio, se origina un vínculo entre ella y un ordenamiento. Ha sido definida como ""estado civil de la persona"" y denominada también como regionalidad, y su adquisición, ya sea originaria o derivativa, determina la sujeción de quien la ostenta al Derecho vigente en ese lugar. El concepto de vecindad civil fue introducido en España por el vigente Código Civil de 1889. En el territorio nacional español coexisten varias legislaciones civiles: un Derecho civil que es llamado común (Código Civil y leyes de aplicación general) y unos Derechos civiles que se aplican a territorios concretos, conocidos tradicionalmente con el nombre de Derecho foral o especial."