Carta de Pedro Martínez de Arizala sobre casamientos por párrocos
FILIPINAS,291,N.48
1749-06-11 , Manila (Luzón, Filipinas)
1747 - 1751
Unidad Documental Compuesta
ES.41091.AGI/24//FILIPINAS,291,N.48
Acompaña:
- Testimonio de lo ejecutado sobre el cumplimiento de la cédula de 24 de diciembre de 1742 y breves apostólicos que cita para que los curas y ministros de doctrina puedan casar a sus feligreses sin despacho del ordinario. Manila, 24 de mayo de 1749.
- Informe del fiscal. Madrid, 28 de febrero de 1751.
- Carta de Juan de Arechederra, obispo electo de Nueva Segovia, gobernador interino de Filipinas, dando cuenta con testimonio de las diligencias que se hicieron sobre la cédula que mandaba observar lo declarado por dos breves apostólicos acerca de que los curas y párrocos pudieran casar a sus feligreses sin expresa licencia de los ordinarios, tomándose la deliberación de que en las diez parroquias inmediatas a aquella capital no se innovase por el momento. Manila, 31 de mayo de 1749.
Acompaña:
- Traslado de la cédula de 24 de diciembre de 1742 sobre el cumplimiento de los breves para que los curas párrocos puedan casar a sus feligreses sin licencia de los ordinarios y que los ordinarios vicarios foráneos reciban las informaciones para sus matrimonios. Manila, 10 de junio de 1749.
- Carta del cabildo eclesiástico de Manila, en sede vacante: Juan de la Fuente Yepes, deán, Manuel José de Hendaya y Rayo, arcediano, Nicolás de León, chantre, Miguel de Ezpelete, maestrescuela, Esteban de Rojas y Melo, racionero, Gregorio de Olaez, racionero, Juan Bautista Sarazibar, canónigo doctoral, Esteban de Eguiluz, canónigo magistral y Juan Alejandro Franco de León, medio racionero, notificando haber recibido un despacho del presidente gobernador de Filipinas que incluye la real cédula de 24 de diciembre de 1742 sobre el cumplimiento de dos breves para que los curas puedan casar a sus feligreses sin licencia del ordinario, lo que se ha ejecutado como consta del testimonio que acompaña. Manila, 20 de julio de 1747.
Acompaña:
- Testimonio del ruego y encargo de fray Juan de Arechederra, obispo electo de Nueva Segovia, gobernador de Filipinas, para que se cumplan dos breves de 2 de mayo de 1673 y 3 de mayo de 1698, para que los curas o doctrineros puedan casar a sus feligreses sin la obligación de hacer información en las curias de los diocesanos, con lo demás que exponen. Manila, 4 de junio de 1747.
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