Inventario de pleitos de disenso matrimonial de la escribanía de Taboada que se transfieren al Archivo

Identificación

Titulo Nombre Atribuido:

Inventario de pleitos de disenso matrimonial de la escribanía de Taboada que se transfieren al Archivo

Signatura:

REAL CHANCILLERIA, LIBROS,50    [Signaturas anteriores]

Fecha Creación:

1792-05-23  -  1803-01-11

Observaciones sobre Fecha Creación Inicial:

Fecha de la entrega inicial

Nivel de Descripción:

Unidad Documental Compuesta

Código de Referencia:

ES.47186.ARCHV//REAL CHANCILLERIA, LIBROS,50

Contexto

Historia Archivística:

Historia Institucional / Reseña Biográfica:

Nombre de otros agentes relacionados:

Archivo de la Real Chancillería de Valladolid (España) - Coleccionista

Actividades/Funciones:

Transferencias de documentos

Contenido y Estructura

Alcance y Contenido:

Es uno de los inventarios donde se asentaban cronológicamente los documentos que las escribanías transferían al archivo del tribunal, por envoltorios o legajos.

Por norma general, cada asiento presenta una parte central con información sobre el pleito (litigantes, asunto, número de piezas, tipos documentales, etc.), acompañándose en el margen izquierdo con información sobre los lugares de los litigantes y en el margen derecho con otras posibles anotaciones complementarias (por ejemplos, fechas de sentencias).

En el documento consta: "Año de 1792. Escribano de cámara Taboada. Matrícula de los pleitos de la escribanía de cámara de don Francisco Castro Taboada desde el año de 1776 sobre disenso mandada hacer por auto del real acuerdo para archibarles en el ejecutado en virtud de real orden".

Por autos del Acuerdo de 12 y 13 de enero de 1779, se ordena que los escribanos protocolizaran y matricularan dichos pleitos y se transfirieran al Archivo del Acuerdo o Secreto. En f.1r-v, aparece un auto del Real Acuerdo (1792-01-12) dando instrucciones a los escribanos sobre el archivo de los pleitos matrimoniales de disenso.


Los pleitos sobre dispensa matrimonial eran los litigados entre el padre o padres de la novia, de una parte, y la novia, de la otra, sobre la licencia del primero a la novia para contraer matrimonio. Al contraer el sacramento del matrimonio, la iglesia requería el consentimiento o licencia paterna por parte de la novia para llevarlo a cabo. En caso de que ésta no se diera, la otra parte podía interponer recurso ante la audiencia diocesana. De su sentencia, se podía apelar a la Real Audiencia y Chancillería de Valladolid. Estas apelaciones dieron lugar a los pleitos de dispensa matrimonial. Una vez resueltos, los pleitos se quedaban en la escribanía y luego se transferían al Archivo Secreto.

Condiciones de Acceso y Uso

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Condición de accesibilidad a las imágenes:

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Características Físicas y Requisitos Técnicos:

Encuadernado en pergamino.

Estado de Conservación:

Bueno

Documentación Asociada

Soporte:

Digitalizado contiene imágenes digitalizadas

Soporte y Volumen

1 Libro(s) en Papel .  4 hojas. Encuadernación en pergamino.