Poder especial otorgado por la Junta General del estado de los hijosdalgo de la jurisdicción del duque del Infantado en favor de Juan José de Uriarte y Lezea, vecino de Zurbano, y otras nueve personas más, para representar a la Junta ante las instancias judiciales que procedan con el fin de defender su privilegio de exención a la aportación de bagajes y carruajes para auxiliar al tránsito de las tropas.
PRO,05547,Fol.0042r
1704-02-22
Unidad Documental Simple
ES.01059.AHPA/2//PRO,05547,Fol.0042r
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Bueno
Pequeñas manchas de humedad en los márgenes superior e inferior.
La palabra bagaje aquí, significa, según el Diccionario de la R.A.E: "Bestia que, para conducir el equipaje militar y en ocasiones algunos individuos del ejército y sus familias, se tomaba en los pueblos por vía de carga concejil, pero mediante remuneración".