Demanda de responsabilidad civil de Asunción Sánchez Marroquín contra Eduardo Dato Iradier, Presidente del Consejo de Ministros, por el perjuicio que le causó éste al haber refrendado el Real Decreto de 7 de septiembre de 1915 por el que se sustrae a la jurisdicción odinaria el conocimiento de un pleito sobre indemnización reclamada al Estado.
FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RESERVADO,Exp.55,N.1
1924-01-19 - 1924-06-02
1897
Se corresponde con la escritura de mandato otorgada por Asunción Sánchez Marroquín a favor de su hermano Robustiano.
Unidad Documental Compuesta
ES.28079.AHN//FC-TRIBUNAL_SUPREMO_RESERVADO,Exp.55,N.1
Contiene:
- 2 Copias de la escritura de mandato otorgada el 21 de abril de 1897 por Asunción Sánchez Marroquín a favor de su hermano Robustiano Sánchez Marroquín por la que le confiere poder para administrar todos sus bienes y representarle en todos los juicios, expedientes y procedimientos civiles.
- Ejemplares de la "Gaceta de Madrid", nº 251, de 8 de septiembre de 1915, y nº 147, de 26 de mayo de 1924.
- Oficio de la Dirección General del Tesoro, de 27 de abril de 1916, en el que traslada a Robustiano Sánchez una Real Orden del Ministro de Hacienda por la que se puso fin a las reclamaciones de Asunción Sánchez en vía gubernativa.
- Demanda de responsabilidad civil de Asunción Sánchez contra Eduardo Dato de 13 de mayo de 1916 ante el Senado.
La demanda pasó a ser competencia del Tribunal Supremo en Pleno en virtud del Real Decreto de 18 de enero de 1924, iniciándose las actuaciones en el citado tribunal a partir de ese momento.
Van adjuntos a esta pieza:
- Un sobre con dos cartas de 1927 y 1928 relativas a las actuaciones de Eduardo Vicenti Bravo como Juez de 1ª Instancia en Cazalla de la Sierra, que carecen de relación aparente con la misma.
- Hoja tamaño cuartilla con relación de demandas de responsabilidad civil, magistrado ponente y secretario.
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Castellano. Mecanografiado, manuscrito e impreso.
Bueno