"Instrucción y método que debe observarse en los Tribunales de América para que los naturales de Indias puedan probar en el Consejo Real de las Ordenes sus naturalezas y ligitimidades, limpieza de sangre y oficios, con arreglo a lo resuelto por S.M. sobre este punto en Reales Ordenes de 12 de abril y 6 de mayo de este corriente año de 1807"